jueves, 7 de enero de 2021

La Disputa de Tortosa (XXXIII de XXXVIII)

    4) Objeciones de los Rabinos al Mesianismo Cristiano[1]. 

Habiendo renunciando los rabinos a toda ulterior objeción colectiva, Jerónimo dio un resumen de toda la Disputa (ses. 46 y 47), tras lo cual Benedicto XIII autorizó que los rabinos que lo desearan manifestasen particularmente las dificultades y objeciones que quisieran. 

Sólo tres rabinos aprovecharon esta licencia: Matatías, Ferrer y Astruch, los que presentaron tres memorias: la primera, por Ferrer y Matatías conjuntamente; la segunda, por Astruch; la tercera, por Ferrer. 

En gracia a la brevedad, pasaremos por alto la primera memoria, ya que juzgamos no aporta ningún elemento nuevo importante a la discusión. Por unas palabras pronunciadas más tarde por Jerónimo en la ses. 60, sabemos que, acabada la réplica de éste, R. Matatías renunció a toda ulterior discusión, mientras R. Ferrer, por el contrario, mostró deseos de replicar, cosa que no hizo, sin embargo, a pesar de haber recibido copia de todo lo dicho por Jerónimo, sobre la que no hizo la más mínima alusión en la última memoria que presentó. 

 

Memoria de R. Astruch. 

Consta de ocho puntos y seguiremos el mismo orden que siguió R. Astruch en la disputa, es decir, empezando por el punto 3 para acabar con el 2, ya que los dos primeros los omitió al principio y los expuso al final. 

Punto 3: 

a) La causa de la verdad de los artículos de fe no es la ciencia que se tiene de ellos, sino la fe con que se profesan; mientras ésta permanezca, permanece la verdad. 

b) Por consiguiente, la creencia que uno tiene no puede ser rebatida por argumentos; si no sabe responder, se sigue que es ignorante, no que su creencia sea falsa. 

c) Jamás es lícito al hombre disputar sobre los artículos de su fe; por eso el judío, cesando en la disputa, hace lo que es justo y, por tanto, ni él es reprensible ni su fe padece quebranto. 

d) La ignorancia judía tiene motivos justificados: el estar fuera de sus casas; padecer en sus bienes; el mal que en las aljamas se sigue de su ausencia; el estar separados de sus mujeres e hijos; las privaciones y expensas extraordinarias que su estancia en Tortosa les impone. 

 

Respuesta de Jerónimo: 

a) Ni el conocimiento ni la fe son causa de la verdad de los artículos de la ley. Los argumentos con que Jerónimo prueba esto coinciden con los usados hoy para refutar el subjetivismo en Criteriología: la verdad de las cosas no depende de la verdad de la proposición, sino a la inversa. Una cosa no es verdadera porque yo la juzgue o crea tal, sino que mi conocimiento es verdadero, y lo mismo mi fe, si se conforma con la verdad objetiva de la cosa; si no se conforman, tanto el conocimiento como la fe son erróneos. 

Por lo mismo, al igual que hay juicios erróneos, que deben abandonarse al ser descubierto el error, así también hay asentimientos de fe erróneos, que deben renunciarse cuando el error se descubre. Dos creencias de fe contradictorias no pueden ser entrambas verdaderas; hay, pues, que abandonar aquella en que se descubra el error. Con argumentos de sentido común muestra abundantemente Jerónimo cómo la fe no es causa de la verdad de lo que se cree. 

b) De lo anterior se sigue que la creencia que uno tiene, si es falsa, puede ser rebatida por argumentos; y lo es siempre que éstos demuestran con evidencia que esa creencia tiene por objeto un error. Esto se corrobora por la práctica judía y cristiana de argüir contra los herejes. 

c) No existe prohibición alguna de disputar sobre los artículos de la ley; el pueblo sencillo debe dejar la disputa a sus maestros, pero éstos tienen obligación de saber dar razón de su fe y de disputar con aquellos que carecen de ella para atraerlos a la verdad mediante la discusión. Por lo demás, si toda disputa sobre la ley está prohibida, ¿cómo se explica que los rabinos hayan disputado hasta ahora? Y ¿por qué rabí Astruch, que tal afirma, sigue la disputa cuando los demás rabinos renunciaron a ella? 

d) Los motivos de la ignorancia judía que rabí Astruch alega no justifican esa ignorancia; ninguna circunstancia mejor que la de Tortosa para ahondar el conocimiento: durante casi dos años se les obligó a estar allí, libres de toda otra ocupación, dedicados al estudio y defensa de su fe, reunidos los mejores rabinos de todo el reino, de modo que pudiesen consultarse y ayudarse mutuamente. Si hubiesen estado en sus casas, habrían tenido ciertamente menos pérdidas y menos quebraderos de cabeza, pero sería un absurdo insinuar que hubiera sido menor su ignorancia. 

 

Opinión del P. Pacios (que hacemos nuestra): 

R. Astruch cayó en un verdadero subjetivismo que fue fácilmente rebatido por Jerónimo. 

No hay nada más que agregar de nuestra parte; las objeciones son francamente ridículas y contrarias al sentido común.


 [1] I.315-333.