jueves, 27 de febrero de 2020

John Henry Newman y la Definición por parte del Concilio Vaticano de la Infalibilidad Papal (V de VIII)


La profanidad y amargura de sus sentimientos sobre el tema se pueden colegir del último párrafo de la carta:

“Con estos pensamientos ante mí, me pregunto todo el tiempo si no debo hacer público mis sentimientos; pero todo lo que hago es rezar a esos grandes doctores antiguos de la Iglesia, cuya intercesión –Agustín y los demás - va a evitar una calamidad tan grande. Si es la Voluntad de Dios que se defina la infalibilidad Papal, entonces es su santísima Voluntad apurar “los tiempos y momentos” del triunfo que ha destinado para su Reino; siento que no tendré más que inclinar mi cabeza ante su adorable e inescrutable Providencia[1]”.

Obviamente, la carta de Newman al Obispo Ullathorne fue considerada sensacional. El 14 de marzo, The Standard, un diario inglés, publicó una noticia diciendo que Newman había escrito a su Obispo

“Estigmatizando a los Promotores de la Infalibilidad Papal como una facción insolente y agresiva”[2].

Aparentemente Newman guardó solamente una copia muy imperfecta de su carta y tenía la impresión que las palabras que se le atribuían no formaban parte de ella. Obrando en consecuencia, escribió a The Standard al día siguiente negando el uso de las palabras que se le atribuían. Sin embargo, aprovechó la oportunidad para hacer la siguiente afirmación:

“Deploro profundamente la política, el espíritu, las medidas de varias personas, laicas y eclesiásticas, que urgen la definición de esa opinión teológica que no tengo ni la intención ni el deseo de negar, muy por el contrario. Pero, por otra parte, tengo la firme creencia, y siempre la he tenido, que un Poder más Grande que el de cualquier hombre o grupo de hombres va a dominar las deliberaciones del Concilio para determinar la verdad Católica y Apostólica, y que lo que los Padres proclamen eventualmente con una voz va a ser la Palabra de Dios”[3].

Dos días más tarde, el periodista que había hecho la afirmación que atribuía a Newman la frase “una agresiva facción insolente” reapareció y reafirmó su creencia de que las palabras habían sido realmente pronunciadas. El 22 de Marzo, Newman escribió de nuevo a The Standard reconociendo que su periodista había estado correcto en su afirmación. Esta vez insistió que cuando había hablado de la facción:

No se había referido ni al gran cuerpo de los Obispos que se cree estar a favor de la definición, ni a ninguna orden eclesiástica o sociedad externa al Concilio”.

Aparentemente, basándose todavía la mala copia, y olvidando que habían sido clasificados, junto con los Redentoristas y conversos, como constitutivos de una camarilla comprometida con adular al Santo Padre, Newman anunció solemnemente:

lunes, 24 de febrero de 2020

Sobre algunos grupos de personas en el Apocalipsis (II edición) (IV de XV)


II. Los Habitantes de la Tierra

Los textos en los que aparece este grupo son los siguientes:

Apoc. III, 10: “Porque has guardado la palabra de mi perseverancia, Yo también te guardaré de la hora de la tentación, la que ha de venir sobre todo el mundo habitado, para tentar a los que habitan sobre la tierra”.

Apoc. VIII, 13: “Y vi y oí un águila volando en medio del cielo, diciendo con voz grande: “Ay, ay, ay de los que habitan sobre la tierra, a causa de las restantes voces de la trompeta de los tres ángeles, los que van a trompetear”.

Apoc. XI, 10: “Y los que habitan sobre la tierra se regocijan sobre ellos y se alegran y dones se enviarán unos a otros, porque éstos, los dos profetas, atormentaron a los que habitan sobre la tierra”.

Apoc. XIII, 8: “Y lo adorarán (a la Bestia) todos los que habitan sobre la tierra; de los cuales no está escrito el nombre en el libro de la vida del Cordero (del degollado) desde la fundación del mundo”.

Apoc. XIII, 12: “Y la autoridad de la primera bestia todo hace delante de ella y hace que la tierra y los que en ella habitan adoren a la Bestia, la primera, de la cual se curó la plaga, la mortal, suya”.

Apoc. XIII, 14: “Y engaña a los que habitan sobre la tierra a causa de los signos que se le dio hacer delante de la Bestia, diciendo a los que habitan sobre la tierra hacer una imagen a la Bestia que tiene la plaga de la cuchilla y vivió”.

Apoc. XVII, 1-2: “Y vino uno de los siete ángeles, de los que tienen las siete copas, y habló conmigo diciendo: “(Ven) aquí: te mostraré el juicio de la ramera, la grande, la sentada sobre aguas muchas; con la cual fornicaron los reyes de la tierra y se embriagaron los que habitan la tierra, con el vino de su fornicación”.

Apoc. XVII, 8: “La Bestia que has visto, era y no es y va a subir del abismo y a perdición ir; y se maravillarán los que habitan sobre la tierra (de los que no está escrito el nombre en el libro de la vida, desde la fundación del mundo), viendo la Bestia, que era y no es y estará presente”.


***

Siguiendo con el segundo grupo de personas, digamos algunas palabras al respecto:

Para comenzar, tengamos en cuenta que, felizmente, sabemos por el mismo Texto quiénes son los habitantes de la tierra al identificarlos, en dos oportunidades, como “aquellos cuyos nombres no están escritos en el libro de la vida desde la creación del mundo”, es decir, no puede en modo alguno afirmarse que “los habitantes de la tierra” son todas las personas que habitan el planeta, ni es necesario, tampoco, restringir geográficamente el grupo a la tierra Santa.

Como características propias de este grupo, el texto nos señala las siguientes:

viernes, 21 de febrero de 2020

John Henry Newman y la Definición por parte del Concilio Vaticano de la Infalibilidad Papal (IV de VIII)


Durante el Concilio

La primera sesión del Concilio Vaticano tuvo lugar el 8 de Diciembre de 1869. Dos semanas después el Rector, el decano y diez profesores de la gran facultad teológica de Lovaina dirigieron al Concilio una petición para que los Padres definan como dogma de fe la doctrina que:

“El Romano Pontífice, el sucesor de san Pedro, no puede errar cuando prescribe para la Iglesia universal de Cristo en definición solemne que un dogma es divinamente revelado y que debe ser recibido con fe divina, o cuando condena alguna afirmación como contraria a la revelación divina”.

La petición de Lovaina enumeró con orgullo los nombres de las gloriosas lumbreras de la antigua facultad que sostuvieron esta doctrina, a saber Santiago Latomo, Juan Driedo, Rouard Tapper, Jodocus Ravestyn, Juan Hessels, Guillermo Lindano, Martín Rythovio Cornelio Jansenio Obispo de Gante, Tomás Stapleton, Guillermo Estio, Juan Maldero y Cristian Lupo[1]. El 7 de Enero de 1870, todos los Obispos de Bélgica, liderados por el Arzobispo Deschamps de Malinas, presentaron la petición de Lovaina al Concilio[2]. La acción de Lovaina hizo imposible, de una vez y para siempre, cualquier afirmación seria de que el mundo de los sabios se oponía a la definición.

Durante el mes de Enero de 1870 circularon peticiones entre los miembros del Concilio a favor y en contra de la definición de la infalibilidad papal[3]. Pronto se hizo evidente que la gran mayoría estaba a favor de alguna definición. Newman estaba reaccionando a estos eventos cuando envió al Obispo Ullathorne la carta sobre la cual centró todas sus afirmaciones públicas sobre la definición vaticana mientras en Concilio estaba en sesión.

martes, 18 de febrero de 2020

Sobre algunos grupos de personas en el Apocalipsis (II edición) (III de XV)


En definitiva, Nuestro Señor ha sido constituido heredero de todo lo creado y sólo resta esperar el decreto de su Padre por el cual se le dé poder sobre todas las naciones, según aquello de Sal. II, 8:

Pídeme y te daré las naciones por tu herencia y por tu posesión los confines de la tierra”.

Y dado que, como nos dice San Pablo:

“Al presente, empero, no vemos todavía sujetas a Él todas las cosas” (Heb II, 8)

Sin embargo, cuando llegue ese día, entonces Jesucristo asociará a Sí a todos aquellos hermanos suyos (Rom. VIII) que se hayan hecho acreedores de todas las promesas que leemos en las siete Iglesias.

Todo esto está explicado magistralmente por el mismo Lacunza cuando dice[1]:

“… dije en primer lugar, porque también sabemos con la misma certidumbre, que juntamente con el Primogénito, “y por Él, con Él y en Él”, están llamados a la herencia, como coherederos suyos, todos sus hermanos menores, los cuales muchos días ha, que se llaman y convidan con las mayores instancias; muchos días ha que se buscan por todas partes, y entre todas las gentes, tribus, y lenguas, para que quieran admitir la dignidad de hijos de Dios, y tener parte en la herencia de que habla el mismo Testamento nuevo y eterno; pidiéndoles de su parte solamente dos condiciones indispensables, que son fe y justicia; esto es, que crean en verdad a su Dios, y sigan sin temor alguno, obedezcan, imiten, amen, y se conformen todo lo posible con la imagen viva del mismo Dios, que es su propio Hijo: “Porque los que conoció en su presciencia, a estos también predestinó, para ser hechos conformes a la imagen de su Hijo... Y si hijos también herederos, herederos verdaderamente de Dios, y coherederos de Cristo...” (Rom. VIII)”.

Hasta aquí las palabras de Lacunza, el cual nos da una pista para responder la última cuestión que tenemos que resolver y es la siguiente: ¿quiénes son, en concreto, los vencedores? La respuesta está en el mismo Texto: los vencedores no son otros más que los Santos, ellos son los que van a tomar parte en la resurrección primera, de ellos se está formando actualmente la Jerusalén Celeste, como lo dice el mismo San Juan:

Regocijémonos y exultemos y le daremos la gloria, porque ha llegado la boda del Cordero y su mujer se ha preparado. Y se le dio vestirse de lino fino, resplandeciente, puro; en efecto, el lino fino, las justicias de los santos son”. Y díceme: “Escribe: Bienaventurados los al banquete de las bodas del Cordero llamados” (XIX, 7-9)

Y luego:

sábado, 15 de febrero de 2020

John Henry Newman y la Definición por parte del Concilio Vaticano de la Infalibilidad Papal (III de VIII)


La actitud de Newman sobre los detalles teológicos de la doctrina de la infalibilidad papal está claramente expresada en una carta al Sr. Henry Wilberforce, escrita el 21 de Julio de 1867. En esta carta se revela a sí mismo como no muy preocupado sobre el alcance y sujeto de la inerrancia eclesiástica. Para él, la única cosa importante es el hecho de que la Iglesia es infalible. Afirma estar obligado a aceptar con fe divina sólo lo que se enseña y se cree universalmente. Reconoce que los argumentos aducidos a favor de la infalibilidad papal no logran convencerlo de que esta doctrina cae en aquella clase de verdades que han sido expuestas y aceptadas siempre y en todas partes en la Iglesia. Newman afirma que si la doctrina de la infalibilidad papal pertenece realmente al mensaje divino, la pureza de su fe se salva por el hecho de que cree en ella implícitamente al aceptar como la palabra revelada de Dios todo lo que así es presentado por la Iglesia Católica. Por lo tanto, la posición de Newman no implicaba ninguna negación de que la doctrina de la infalibilidad papal pertenece realmente a la revelación pública divina. Estaba perfectamente dispuesto a admitir que esta doctrina estaba probablemente incluida en el mensaje de Dios a la humanidad. Toda su polémica estaba dirigida en retener de la doctrina de la infalibilidad papal nada más que un asentimiento implícito de fe divina. Explícitamente le concedería solamente el status de una opinión.

El pasaje pertinente, aunque un poco largo, es demasiado importante para ser pasado por alto si se quiere entender la actitud de Newman hacia la definición del concilio.

En cuanto a mí, nunca me ha interesado mucho el tema de los límites y sujetos de la infalibilidad. Me convertí simplemente porque la Iglesia iba a durar hasta el fin, y ninguna comunión respondía a la Iglesia de los primeros siglos excepto la Comunión Romana, tanto en semejanza substancial como en su descendencia actual. Y en cuanto a la fe, mi gran principio era: “securus judicat orbis terrarum. Y así digo ahora –y en todos estos temas de detalle me digo a mí mismo- creo lo que la Iglesia enseña como la voz de Dios e incluso esto y aquello particular, si lo enseña- es esta fides implicita lo que es nuestro consuelo en estos tiempos irritantes. Y no puedo ir más lejos que esto – veo argumentos aquí y allí- hoy me inclino hacia una parte, mañana hacia otra. En general, me inclino mucho más hacia un lado, pero no dogmatizo y detesto todo dogmatismo donde la Iglesia no ha hablado claramente. Y si se me dice: “la Iglesia ha hablado”, entonces pregunto “¿cuándo?” y si, en vez de mostrarme algo simple, me vienen con una cadena de argumentos o algunas fuertes palabras del Papa mismo, lo considero un sofisma evasivo, cuanto mucho tengo una opinión (no fe) que el Papa es infalible, y una serie de argumentos solamente pueden terminar en una opinión – y me conforto con el principio: “Lex dubia non obligat” (la ley dudosa no obliga); lo que no se enseña universalmente, lo que no se cree universalmente no me obliga y si después de todo es cierto y divino, mi fe está incluida en la fides implicita que tengo en la Iglesia”[1].

miércoles, 12 de febrero de 2020

Sobre algunos grupos de personas en el Apocalipsis (II edición) (II de XV)


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Una pregunta que surge inmediatamente es si el premio es particular al vencedor de cada una de las Iglesias (épocas) o si, por el contrario, es común a todas.

A primera vista parecería que el premio es propio del vencedor según la Iglesia a la que pertenece y no común a todos los vencedores y así, por ejemplo, los únicos que comerían del fruto del árbol de la vida serían los vencedores de Éfeso, etc. pero creemos que esto no es así. Tal vez lo que induzca a pensar en un premio especial según las épocas sea el hecho de que hay una relación innegable en todas las Iglesias entre el premio y alguno de sus aspectos, y así tenemos:

Éfeso = Árbol de la vida = Génesis = Comienzo = Edad Apostólica.

Esmirna = Segunda muerte = Época de los Mártires.

Pérgamo = Piedrecita blanca con un nombre nuevo = Escritura = Época de los Doctores.

Tiatira = Poder sobre las Naciones = Edad Media (Edad de oro de la Iglesia).

Sardes = Vestidura blanca = Pocos nombres que no mancharon sus vestidos = Desde la revuelta protestante hasta nuestros días. Los pocos nombres puede hacer alusión, principalmente, al caos actual fruto del Vaticano II y la reacción subsiguiente: tradicionalismo = “Nombre de vivo”, etc.

Filadelfia = Columna en el Templo de mi Dios = Reconstrucción del Templo de Salomón bajo Elías = Primera Mitad de la septuagésima semana de Daniel.

Laodicea = Sentarse en el Trono = como oposición al Anticristo que se sienta en el Templo de Dios = Época de Apostasía bajo el Anticristo. Segunda mitad de la septuagésima semana.

A pesar de estas razones, creemos que el premio es común a todos los vencedores y esto por varios motivos:

1) Por el inciso común a todas las cartas El que tiene oído oiga lo que el Espíritu dice a las Iglesias: al que venciere, etc. y que nadie explica. ¿Por qué, después de desarrollar las características propias de cada una de las Iglesias, se pasa a hablar a todas ellas? No vemos otra razón más que el hecho de que el premio sea común a todos los vencedores de todas las Iglesias.

2) El mismo Apocalipsis explica el significado de “el vencedor”:

a) En el capítulo XXI, 7 cuando, al describir la Jerusalén Celeste que desciende del cielo, dice:

El que venciere heredará estas cosas y seré su Dios y él será mi hijo”.

Con lo cual vemos que aquellos que vencieren tendrán una herencia especial de parte de Dios, la cual no es otra sino la tierra toda entera, a la cual regirán durante los Mil años.

b) Lo mismo parece indicar II, 26-28:

“Y al que venciere, esto es (καὶ), el que guardare hasta el fin mis obras, le daré autoridad sobre las naciones, y las destruirá con vara férrea, cual vasos cerámicos son quebrados como Yo también he recibido de mi Padre y le daré la estrella, la matutina”.

Si es cierta la traducción del καὶ tal como la dan algunos exégetas que la aplican en sentido explicativo.

3) Comentando Apoc. XXII, 14, Charles dice:

Los que lavan sus túnicas: La frase es la equivalente espiritualmente a los vencedores. Cada una de las clases ha soportado y vencido, y así como aquí se les promete el acceso al árbol de la vida a los que han lavados sus túnicas, así en II, 7 el derecho a comer del árbol de la vida se les da a los vencedores”.

Además, estas túnicas son comunes a estos vencedores y a los dos grandes grupos de Mártires del Apocalipsis: los del quinto Sello (VI, 11) y a los del Anticristo (VII, 9.13-14).

domingo, 9 de febrero de 2020

John Henry Newman y la Definición por parte del Concilio Vaticano de la Infalibilidad Papal (II de VIII)


Antes del Concilio

Antes del Concilio Vaticano Newman reconoció frecuentemente que aceptaba la doctrina de la infalibilidad papal. Lo que Newman veía como una afirmación absoluta de la doctrina se encuentra en el texto original de su Discursos sobre la educación Universitaria.

Profundamente lo siento, siempre voy a protestar, pues puedo recurrir al amplio testimonio de la historia que me lo confirma, que en materia de bien y mal, no hay nada realmente fuerte en todo el mundo, nada decisivo y operativo, sino la voz de Aquel a quien se le encomendaron las Llaves del Reino, y la vigilancia del rebaño de Cristo. Esa voz es ahora, como ha sido siempre, una verdadera autoridad, infalible cuando enseña, próspera cuando gobierna, siempre conduciendo sabia y claramente en su propio campo, agregando certeza a lo que es probable y persuasión a lo que es cierto. Antes de que hable, hasta el más santo puede equivocarse; y después de que ha hablado, el más inteligente debe obedecer[1].

La Apologia pro Vita Sua, escrita en 1864, contiene aún otra expresión de la creencia de Newman en la infalibilidad papal.

En el Concilio Ecuménico miramos al Papa como a la sede normal de la Infalibilidad[2].

Aun así, por lejos la característica más importante de la concepción de Newman sobre la infalibilidad fue su insistencia absoluta de que esta doctrina fuera tratada como una opinión meramente teológica. Un tratamiento detallado del pensamiento de Newman sobre la cualidad del asentimiento debido a esta tesis se encuentra en una carta al Dr. Edward Bouviere Pusey.

“Al aplicar este principio [que el hombre puede ser obligado a creer una doctrina basado sea en la fe o en “religiosidad”] a la infalibilidad del Papa (N.B. esta es, por supuesto, solamente mi propia opinión, meo periculo), a una persona le va a parecer un deber religioso creerla o puede no creerla sin riesgo alguno, en proporción a que crea probable o improbable que la Iglesia pueda o vaya a definirla, o la sostiene, y que es la doctrina de los Apóstoles. En cuanto a mí, (pero aun así para ilustrar lo que quiero decir, y no para discutir) creo que la Iglesia puede definirla (es decir, posiblemente puede ser que forme parte del depositum original), pero que nunca la va a definir; y, una vez más, no veo que pueda decirse que la Iglesia la sostenga. La Iglesia nunca puede simplemente actuar sobre ella (al no estar definida) y creo que nunca lo ha hecho; - además, por otra parte, creo que hay mucha evidencia a su favor tanto en la historia como en los Padres. En su conjunto la sostengo; pero no imputaría a pecado si dudara de ella basado en la razón[3].

jueves, 6 de febrero de 2020

Sobre algunos grupos de personas en el Apocalipsis (II edición) (I de XV)


Sobre algunos grupos de personas
en el Apocalipsis (II edición)

Nota del Blog: Hace tiempo publicamos una larga sección sobre algunos grupos del Apocalipsis (ver AQUI la primera parte), pero lo cierto es que mucho tiempo ha pasado desde entonces y ya es tiempo de hacer una “2 edición” pues, además del hecho obvio que uno va, con el paso del tiempo, adquiriendo más conocimientos y puliendo la exégesis, en su momento cometimos un error, podría decirse, “de principiantes”, pues en lugar de haber comenzado la publicación una vez terminado todos los grupos, fuimos publicando a medida que íbamos acabando cada uno de ellos. Error que nos valió algunas addenda en su momento y algunas corrigenda en esta oportunidad.


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I. El Vencedor

En los capítulos II-III, que versan sobre las siete Iglesias, encontramos, entre otras cosas dignas de estudio, una cláusula final que se repite en todas ellas:

“El que tiene oído oiga lo que el Espíritu dice a las Iglesias: “El que venciere… etc.”

El propósito de este artículo será tratar de dilucidar a quién se refiere el Texto cuando habla de el Vencedor.

Lo primero que debemos tener presente, como lo dicen los exégetas, es que las siete Iglesias representan siete épocas de la misma, desde la Primera hasta la Segunda Venida. Con esto en mente, y sin detenernos por ahora a explicar a qué época se refiere cada una de ellas, ya sabemos que el vencedor tiene alguna relación especial con la Iglesia. Esto es básico y obvio; demos, pues, un paso más.

Si bien el premio prometido al vencedor es muy diferente en cada una de las Iglesias, sin embargo, todos tienen algo en común.

Primero veamos los premios en sí mismos:

Apoc. II, 7: “Al que venciere le daré a comer del leño de la vida, el que está en el Paraíso de Dios” (Éfeso).

Apoc. II, 17: “Al que venciere le daré del maná, del escondido, y le daré una piedrita blanca, y en la piedrita un nombre nuevo escrito que nadie sabe sino el que recibe” (Pérgamo).

Apoc. II, 26-28: Y al que venciere, esto es, el que guardare hasta el fin mis obras, le daré autoridad sobre las naciones, y las destruirá con vara férrea, cual vasos cerámicos son quebrados como Yo también he recibido de mi Padre y le daré la estrella, la matutina” (Tiatira).

Apoc. III, 5:El que venciere así será vestido con vestidos blancos y no borraré su nombre del libro de la vida y confesaré su nombre delante de mi Padre y delante de sus ángeles” (Sardes).

Apoc. III, 12: “El que venciere, lo haré columna en el santuario de mi Dios y no saldrá más y escribiré sobre él el nombre de mi Dios y el nombre de la ciudad de mi Dios, la nueva Jerusalén, la que desciende del cielo desde mi Dios y mi nombre, el nuevo (Filadelfia)[1].

Apoc. III, 21: “El que venciere, le daré sentarse conmigo en mi trono, como Yo también vencí y me senté con mi Padre en su trono” (Laodicea).

lunes, 3 de febrero de 2020

John Henry Newman y la Definición por parte del Concilio Vaticano de la Infalibilidad Papal (I de VIII)


John Henry Newman y la Definición por parte
del Concilio Vaticano de la Infalibilidad Papal

Nota del Blog: El siguiente trabajo de Mons. Fenton fue publicado en el American Ecclesiastical Review CXIII (1945), pag. 300-320.

El sabio sacerdote estadounidense nos muestra una faceta tan desconocida como lamentable del reconocido Cardenal inglés, donde la pasión corría pareja con la debilidad de argumentos e ignorancia del tema.

El texto original puede verse AQUI.

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La enseñanza de John Henry Newman sobre la definición de la infalibilidad papal por parte del Concilio Vaticano I se distingue de todas sus otras contribuciones al pensamiento Católico. El gran clérigo inglés hizo importantes contribuciones a la literatura Católica sobre la historia de los dogmas, la vida espiritual (sobre todo en el campo de la perfección sacerdotal), y sobre la filosofía de la educación. Sus obras sobre el origen de la fe y el proceso de la conversión a la verdad Católica han hecho a la Iglesia su deudora por siempre. Los volúmenes que tratan sobre estas materias, y sobre la apologética práctica representan lo mejor y el pensamiento característico del converso más distinguido del siglo XIX. Son muy superiores a sus escritos sobre la infalibilidad papal.

Aun así, en esta feliz ocasión del centenario de Newman, creo que no sólo es útil sino en realidad casi necesario considerar la parte más débil de las enseñanzas de Newman. Newman ha sufrido lo que para él es la suprema indignidad de estar de moda. Se le han dado a sus escritos una alabanza mucho más indiscriminada que un estudio realmente crítico. La literatura moderna Católica tendió a hacer de Newman un héroe y más que explicar sus afirmaciones procuró justificarlas[1]. Como resultado, su actitud para con la definición del Concilio Vaticano de la infalibilidad papal fue puesta al mismo nivel que el resto de sus enseñanzas.

El efecto ha sido muy desafortunado. Algunos Católicos, y no pocos de los que están fuera de la verdadera Iglesia, han sido llevados a aceptar, basados en la autoridad de Newman, lo que, en última instancia, es una afirmación imperfecta e inexacta de la doctrina conciliar. Además, en cierta medida, ha sido eclipsada el resto de la enseñanza de Newman. Las han hecho similares a lo que fue, objetivamente hablando, la parte menos aceptable de su doctrina.

Por lo tanto, con ocasión de este doble jubileo, el centésimo aniversario de la entrada de Newman en la verdadera Iglesia de Jesucristo y el septuagésimo quinto del Concilio Vaticano, será interesante repasar las enseñanzas de Newman sobre la infalibilidad papal y examinar el proceso en el que se formularon y expresaron estas opiniones. Si el estudiante es capaz de ver algo del estrés emocional bajo el que Newman pasó durante la discusión del Concilio Vaticano y entender lo que pensaba sobre los temas implicados en la discusión, va a poder apreciar la injusticia que se le hace a Newman por parte de aquellos admiradores indiscriminados que colocan su enseñanza sobre la infalibilidad papal en el mismo nivel que sus otras enseñanzas y darse cuenta de la imposibilidad de aceptar las enseñanzas de Newman sobre este punto particular como representante de la verdad Católica.





[1] Por cada estudio crítico y culto como el del Dr. Bernard A preface to Newman´s Theology hay media docena de obras que obscurecen las ideas de Newman por la misma ansiedad en elogiarlo.