c) Los dos decretos de Pío XII
En la década del `40 el Santo Oficio emitió dos decretos que, créase o no, son los mejores argumentos en favor del Milenarismo.
Voy a dar los textos y
citaré solamente la parte pertinente para luego simplemente sacar las
conclusiones en base a lo que vimos antes.
“Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio. Protoc. Nº 126-41
Del
Palacio del Santo Oficio, 11 de julio de 1941.
Excmo. y Revmo. Señor:
En su debido tiempo llegó al Santo Oficio la carta N2 126-40, fechada 22 de abril de 1940, en la cual Su Excia. Rma. informaba que en esa Arquidiócesis había quienes defendían el sistema de los milenaristas espirituales y que aumentaban más y más los admiradores de tal doctrina; así como también de la obra del P. Lacunza: “Venida del Mesías en Gloria y Majestad”. Al mismo tiempo, solícitamente S.E. pedía, que se le dieran normas oportunas de parte de la Santa Sede.
Llevado
el asunto a la sesión plenaria del miércoles 9 de este mes, los Exmos. y
Revmos. Cardenales de esta Suprema Sagrada Congregación mandaron
responder:
“El sistema del milenarismo, aun el
mitigado, es decir, el que enseña que, según la revelación católica, Cristo
Nuestro Señor antes del juicio final, ha de venir corporalmente a esta
tierra a reinar, ya sea con resurrección anterior de muchos justos o sin ella,
no se puede enseñar sin peligro”.
Por
tanto, apoyado en esta respuesta y teniendo presente, como S.E. mismo lo dice,
la prohibición del libro del P. Lacunza, hecha ya por el Santo Oficio, tratará
de velar cuidadosamente para que dicha doctrina, bajo ningún pretexto,
sea enseñada, propagada, defendida o recomendada de viva voz o por
cualquier clase de escritos.
Para
realizarlo S.E. podrá emplear los medios oportunos no sólo con amonestaciones,
sino también empleando la autoridad; dadas, si fuera el caso, las
instrucciones que sean necesarias a los que enseñan en el Seminario o en otros
institutos. Y si algo más grave ocurriere, no deje de comunicarlo al Santo
Oficio.
Aprovechando la
ocasión, le aseguro los sentimientos de mi grande estimación, quedando de
su Excia. Revma. Adictísimo,
F.
Card. Marchetti Selvaggiani
Secretario.
Este primer decreto presenta algunas características interesantes que vamos a analizar enseguida.
Cuatro
años después, el Santo Oficio emitió un nuevo decreto, pero no, y perdón que me
alargue aquí, porque el anterior fuera erróneo, como dice muy equivocadamente
Castellani, sino por la sencilla razón de que lo que hace el Santo Oficio es
simplemente encauzar el tema.
Según Castellani, el
Santo Oficio se equivocó con este decreto del 41 porque rechaza un reino corporal
de Cristo, “pero Nuestro Señor, objeta Castellani, reina ya corporalmente en la
Eucaristía”. Pero la verdad es que esta opinión no resiste el menor análisis.
El Santo Oficio no habla para nada de lo que pasa ahora sino, como hemos leído, del futuro: de los tiempos
posteriores al Anticristo.
Bien, dejando de lado
esta digresión, veamos qué dice el segundo decreto, porque es muy importante:
“Últimamente,
más de una vez se preguntó a esta Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio
lo que se debe pensar del Milenarismo
mitigado, es decir el que enseña
que Nuestro Señor Jesucristo, antes del Juicio Final, se produzca o no
previamente la resurrección de muchos justos, vendrá visiblemente a esta
tierra para reinar.
Habiendo examinado el tema en la reunión
plenaria del miércoles 19 de julio de 1944, los Eminentísimos y Reverendísimos
Señores Cardenales encargados de velar por la pureza de la fe y de las
costumbres, después de oír la opinión de sus consultores, decretaron
responder: el sistema del Milenarismo mitigado no puede enseñarse
sin peligro.
Y, al día siguiente, jueves, 20 del mismo mes y
año, Nuestro Santísimo Señor Pío XII, Papa por la Divina Providencia, en la
habitual audiencia concedida al Excelentísimo y Reverendísimo Señor Asesor del
Santo Oficio, aprobó, confirmó y mandó publicar esta respuesta de los
Eminentísimos Padres.
Dado en Roma, en el Palacio del Santo Oficio, el
día 21 de julio de 1944”.
Este decreto es muy
importante porque presenta varias diferencias con el anterior:
a) Es un decreto posterior.
b) Tiene un alcance mayor, ya que, al ser publicado en
las AAS, es obligatorio para todo el
mundo, mientras que el anterior era una respuesta privada que obligaba
solamente a los chilenos.
c) Y lo más importante de todo, el decreto del 44 es mucho más específico en su condena,
pues en lugar de oponerse a un reinado “corporal”, habla de un reinado
“visible”, y un reinado visible es, al reinado corporal, lo que la especie al
género; o sea, hay dos clases de
presencias corporales: la visible y la invisible, y aquí sí viene bien
traer el ejemplo de Castellani sobre la Eucaristía.
En otras palabras, este decreto es: posterior, dirigida a todos y más estricta en su disposición. Tres signos inequívocos de que el decreto del 44 abolió al del 41.
O sea que la Iglesia
no ha condenado bajo ningún punto de vista un reinado milenario donde Cristo
esté invisible, pues si hubiera querido hacerlo, lo hubiera hecho,
máxime teniendo como tenía el decreto de 3 años antes.
La gran pregunta es, está
prohibido creer en un reino visible de Cristo… pero ¿visible para
quién?
Pues visible para los viadores, pues los santos que estén con Cristo van
a estar en la Jerusalén Celeste, y desde la tierra no se va a ver lo que pasa dentro
de la Jerusalén Celeste, y de ahí que San Juan nos habla de los muros, que van
a impedir ver lo que pasa adentro.
¿Y por qué está condenado
creer en un reino visible de Cristo?
¡Quién sabe! El Santo
Oficio rara vez da las razones (y no tiene por qué darlas), pero Van Rixtel
especula que creer en un reino visible puede
llevar a los fieles al mismo error del Milenarismo Carnal, y como estos temas
son extremadamente difíciles y, además, exaltan fácilmente la imaginación de
las personas, entonces lo que hace la Iglesia es encauzar la discusión y nos
dice “por acá no; vayan por acá”.
Tal vez, y esto ya es mío,
podría venir alguien y decir: “Cristo y los Santos van a ser visibles para los
viadores”; luego venir otro y decir, “no sólo van a estar visibles todo el
tiempo sino que van a hablar siempre con ellos”; y otro puede venir y decir “no
sólo que van a hablar sino que van a comer juntos, como hizo Nuestro Señor
después de su Resurrección, que comió y bebió con los Apóstoles”; y de aquí a
que venga alguien y diga… “no sólo que los santos van a comer sino también van a
tener relaciones con los viadores”, no hay más que un paso.
Notemos que la Iglesia
tuvo una ocasión más que propicia para condenar (o recordar que estaba
condenada) como errónea o herética una enseñanza y que no lo hizo, o sea
que, si el Milenarismo espiritual de los Padres hubiera sido un error teológico,
o peor aún una herejía, entonces hubiera sido extremadamente imprudente, por
decir lo mínimo, que dijera que se trataba simplemente de un peligro y no de un error.
Está claro que creer en un
reino visible no lleva necesariamente
al milenarismo carnal de Cerinto, pero lo cierto es que puede hacerlo y eso le basta a la Iglesia para condenarlo como
peligroso.
Y como la Iglesia conoce
la debilidad y miseria de los hijos de Adán, lo que hace, como buena madre, es
cuidarnos del más mínimo peligro.
Creo que, como conclusión, se puede decir que lo único
que ha dicho la Iglesia es que es peligroso
(y no erróneo) defender un aspecto del Milenarismo mitigado, mientras
que el otro aspecto, el invisible, es perfectamente lícito
sostenerlo como una opinión[1].
[1] No se debe perder de vista que los principales
defensores modernos del Milenarismo (Lacunza, Van Rixtel, Ramos García,
Magdalena Chasles) rechazan una presencia visible de Cristo.