miércoles, 3 de diciembre de 2025

El Milenarismo y el Magisterio Eclesiástico (V de V)

 c) Los dos decretos de Pío XII

 En la década del `40 el Santo Oficio emitió dos decretos que, créase o no, son los mejores argumentos en favor del Milenarismo.

Voy a dar los textos y citaré solamente la parte pertinente para luego simplemente sacar las conclusiones en base a lo que vimos antes.

        “Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio. Protoc. Nº 126-41

Del Palacio del Santo Oficio, 11 de julio de 1941.

 Excmo. y Revmo. Señor:

 En su debido tiempo llegó al Santo Oficio la carta N2 126-40, fechada 22 de abril de 1940, en la cual Su Excia. Rma. informaba que en esa Arquidiócesis había quienes defendían el sistema de los milenaristas espirituales y que aumentaban más y más los admiradores de tal doctrina; así como también de la obra del P. Lacunza: “Venida del Mesías en Gloria y Majestad”. Al mismo tiempo, solícitamente S.E. pedía, que se le dieran normas oportunas de parte de la Santa Sede.

Llevado el asunto a la sesión plenaria del miércoles 9 de este mes, los Exmos. y Revmos. Cardenales de esta Suprema Sagrada Congregación mandaron responder:

El sistema del milenarismo, aun el mitigado, es decir, el que enseña que, según la revelación católica, Cristo Nuestro Señor antes del juicio final, ha de venir corporalmente a esta tierra a reinar, ya sea con resurrección anterior de muchos justos o sin ella, no se puede enseñar sin peligro”.

Por tanto, apoyado en esta respuesta y teniendo presente, como S.E. mismo lo dice, la prohibición del libro del P. Lacunza, hecha ya por el Santo Oficio, tratará de velar cuidadosamente para que dicha doctrina, bajo ningún pretexto, sea enseñada, propagada, defendida o recomendada de viva voz o por cualquier clase de escritos.

Para realizarlo S.E. podrá emplear los medios oportunos no sólo con amonestaciones, sino también empleando la autoridad; dadas, si fuera el caso, las instrucciones que sean necesarias a los que enseñan en el Seminario o en otros institutos. Y si algo más grave ocurriere, no deje de comunicarlo al Santo Oficio.

Aprovechando la ocasión, le aseguro los sentimientos de mi grande estimación, quedando de su Excia. Revma. Adictísimo,

 

F. Card. Marchetti Selvaggiani

Secretario.

 

Este primer decreto presenta algunas características interesantes que vamos a analizar enseguida.

Cuatro años después, el Santo Oficio emitió un nuevo decreto, pero no, y perdón que me alargue aquí, porque el anterior fuera erróneo, como dice muy equivocadamente Castellani, sino por la sencilla razón de que lo que hace el Santo Oficio es simplemente encauzar el tema.

Según Castellani, el Santo Oficio se equivocó con este decreto del 41 porque rechaza un reino corporal de Cristo, “pero Nuestro Señor, objeta Castellani, reina ya corporalmente en la Eucaristía”. Pero la verdad es que esta opinión no resiste el menor análisis. El Santo Oficio no habla para nada de lo que pasa ahora sino, como hemos leído, del futuro: de los tiempos posteriores al Anticristo.

Bien, dejando de lado esta digresión, veamos qué dice el segundo decreto, porque es muy importante:

 

Últimamente, más de una vez se preguntó a esta Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio lo que se debe pensar del Milenarismo mitigado, es decir el que enseña que Nuestro Señor Jesucristo, antes del Juicio Final, se produzca o no previamente la resurrección de muchos justos, vendrá visiblemente a esta tierra para reinar.

Habiendo examinado el tema en la reunión plenaria del miércoles 19 de julio de 1944, los Eminentísimos y Reverendísimos Señores Cardenales encargados de velar por la pureza de la fe y de las costumbres, después de oír la opinión de sus consultores, decretaron responder: el sistema del Milenarismo mitigado no puede enseñarse sin peligro.

Y, al día siguiente, jueves, 20 del mismo mes y año, Nuestro Santísimo Señor Pío XII, Papa por la Divina Providencia, en la habitual audiencia concedida al Excelentísimo y Reverendísimo Señor Asesor del Santo Oficio, aprobó, confirmó y mandó publicar esta respuesta de los Eminentísimos Padres.

Dado en Roma, en el Palacio del Santo Oficio, el día 21 de julio de 1944”.

 

Este decreto es muy importante porque presenta varias diferencias con el anterior:

 a) Es un decreto posterior.

b) Tiene un alcance mayor, ya que, al ser publicado en las AAS, es obligatorio para todo el mundo, mientras que el anterior era una respuesta privada que obligaba solamente a los chilenos.

c) Y lo más importante de todo, el decreto del 44 es mucho más específico en su condena, pues en lugar de oponerse a un reinado “corporal”, habla de un reinado “visible”, y un reinado visible es, al reinado corporal, lo que la especie al género; o sea, hay dos clases de presencias corporales: la visible y la invisible, y aquí sí viene bien traer el ejemplo de Castellani sobre la Eucaristía.

 En otras palabras, este decreto es: posterior, dirigida a todos y más estricta en su disposición. Tres signos inequívocos de que el decreto del 44 abolió al del 41.

O sea que la Iglesia no ha condenado bajo ningún punto de vista un reinado milenario donde Cristo esté invisible, pues si hubiera querido hacerlo, lo hubiera hecho, máxime teniendo como tenía el decreto de 3 años antes.

La gran pregunta es, está prohibido creer en un reino visible de Cristo… pero ¿visible para quién?

Pues visible para los viadores, pues los santos que estén con Cristo van a estar en la Jerusalén Celeste, y desde la tierra no se va a ver lo que pasa dentro de la Jerusalén Celeste, y de ahí que San Juan nos habla de los muros, que van a impedir ver lo que pasa adentro.

¿Y por qué está condenado creer en un reino visible de Cristo?

¡Quién sabe! El Santo Oficio rara vez da las razones (y no tiene por qué darlas), pero Van Rixtel especula que creer en un reino visible puede llevar a los fieles al mismo error del Milenarismo Carnal, y como estos temas son extremadamente difíciles y, además, exaltan fácilmente la imaginación de las personas, entonces lo que hace la Iglesia es encauzar la discusión y nos dice “por acá no; vayan por acá”.

Tal vez, y esto ya es mío, podría venir alguien y decir: “Cristo y los Santos van a ser visibles para los viadores”; luego venir otro y decir, “no sólo van a estar visibles todo el tiempo sino que van a hablar siempre con ellos”; y otro puede venir y decir “no sólo que van a hablar sino que van a comer juntos, como hizo Nuestro Señor después de su Resurrección, que comió y bebió con los Apóstoles”; y de aquí a que venga alguien y diga… “no sólo que los santos van a comer sino también van a tener relaciones con los viadores”, no hay más que un paso.

Notemos que la Iglesia tuvo una ocasión más que propicia para condenar (o recordar que estaba condenada) como errónea o herética una enseñanza y que no lo hizo, o sea que, si el Milenarismo espiritual de los Padres hubiera sido un error teológico, o peor aún una herejía, entonces hubiera sido extremadamente imprudente, por decir lo mínimo, que dijera que se trataba simplemente de un peligro y no de un error.

Está claro que creer en un reino visible no lleva necesariamente al milenarismo carnal de Cerinto, pero lo cierto es que puede hacerlo y eso le basta a la Iglesia para condenarlo como peligroso.

Y como la Iglesia conoce la debilidad y miseria de los hijos de Adán, lo que hace, como buena madre, es cuidarnos del más mínimo peligro.

Creo que, como conclusión, se puede decir que lo único que ha dicho la Iglesia es que es peligroso (y no erróneo) defender un aspecto del Milenarismo mitigado, mientras que el otro aspecto, el invisible, es perfectamente lícito sostenerlo como una opinión[1].



[1] No se debe perder de vista que los principales defensores modernos del Milenarismo (Lacunza, Van Rixtel, Ramos García, Magdalena Chasles) rechazan una presencia visible de Cristo.