miércoles, 16 de julio de 2014

Dom A. Gréa. La Iglesia, su Divina Constitución, Cuarta Parte. Las operaciones Jerárquicas en la Iglesia Particular. Cap. VII (III de IV)

Desarrollo de las Iglesias diocesanas.

En segundo lugar haremos observar al lector que las más considerables entre las Iglesias diocesanas pasaron en sus desarrollos sucesivos por las mismas fases que las  Iglesias episcopales.
Como éstas, tuvieron presbiterios numerosos y un orden completo de ministros. Tuvieron cabezas de orden, arciprestes, primicerios, algunas veces hasta archidiáconos locales; tuvieron sus oficiales prebostes, decanos, chantres, maestrescuelas; tuvieron sus escuelas de lectores y de clérigos jóvenes[1].
Estas Iglesias fueron también, como las Iglesias episcopales, subdivididas en títulos, origen de las parroquias urbanas o suburbanas dependientes del arcipreste local. Por lo demás, no hay nada más natural que esta semejanza, efecto de necesidades y de circunstancias análogas.
En cuanto a las Iglesias menores y a las que bastaba la presencia de un solo sacerdote, al que se añadía en la antigüedad un diácono[2] y más tarde por lo menos un clérigo de algún orden inferior, en fecha temprana se experimentó la necesidad de asociarlas entre sí por una especie de vínculo colegial. Se las reunió bajo la autoridad de un arcipreste rural y se las redujo a representar como los títulos de un mismo presbiterio y de una misma Iglesia principal[3]. Tal fue la institución tan popular, más o menos desarrollada según los tiempos, de los arciprestes y de los decanos rurales.
El nombre de arcipreste y el de decano fueron casi sinónimos en la práctica. Sin embargo, el nombre de arcipreste indica mejor la unidad de un mismo presbiterio según los términos del concilio de Ravena, inscritos en el cuerpo del derecho: «Cada Iglesia o población cristiana tenga un arcipreste encargado de vigilar asiduamente a los sacerdotes que residen en los títulos menores y de informar al obispo del celo que cada uno de ellos pone en el servicio divino»[4].
El nombre de decano, por el contrario, no entraña tan estrechamente en su significado la unidad del cuerpo sacerdotal, y los sacerdotes bajo la vigilancia de este oficial eclesiástico, pueden pertenecer a otras tantas Iglesias perfectas y distintas sin formar un solo presbiterio.
Por lo demás, si esta disciplina no parece comúnmente, y sobre todo en Oriente, remontarse a la alta antigüedad, es que en los primeros siglos la institución de los visitadores o corepíscopos mantenía la disciplina de las diócesis y bastaba para transmitir a los sacerdotes de las parroquias menores las directrices de la autoridad episcopal[5].



[1] San Remigio de Reims, Carta 4 a Falcón, obispo de Tongres (Bélgica); PL 65, 696; Hefele 2, 1028: «En esta Iglesia (de Mosomage, en la  diócesis de Reims), cuando hayas ordenado diáconos, consagrado sacerdotes, instituido archidiáconos, establecido un primicerio de la ilustre escuela y de la milicia de los lectores...».

[2] Concilio de Tarragona (516), can. 7, Labbe 4, 1564; Mansi 8, 542; Hefele 2, 1028: «Cuando un sacerdote y un diácono han sido establecidos con otros clérigos en una iglesia rural, deben alternar en el servicio todas las semanas...».

[3] Concilio de Pavia (850) can 13, Labbe 8, 66-67; Mansi 14, 935: «Queremos que en cada plebs (arciprestazgo o decanato rural) haya un arcipreste que tenga el cargo no sólo de la multitud ignorante, sino también de los sacerdotes que residen en los títulos menores; que vigile su vida con perpetua atención y dé a conocer a su obispo con qué celo divino ejerce cada uno el sagrado ministerio».

[4] Gregorio IX (1227-1241), Decretales, l. 1, tít. 24, c. 4, ed. 1584, col. 320: "Cada plebs tenga su arcipreste para el cuidado asiduo del pueblo de Dios; tenga el cargo no sólo de la multitud ignorante, sino también de los sacerdotes que residen en los títulos menores...».

[5] Concilio de Antioquía (341), can. 10; Labbe 2, 566; Mansi 2, 1311; Hefele 1, 717: «Los sacerdotes de los pueblos y de los campos, o los que tienen el título de corepíscopo, aunque hayan recibido la consagración episcopal, deben, según el parecer del santo Sínodo, conocer los límites del territorio que les está confiado, cuidar de las iglesias cuya jurisdicción tienen, pero contentarse con esta administración. Pueden ordenar para ellas lectores, subdiáconos, exorcistas...» H. Leclercq estudia este texto en Hefele 2, 1212-1215. Concilio de Laodicea (entre 341 y 381), can, 57; Labbe 1, 1506; Mansi 2, 573; Hefele 2, 1024: «Que no se debe establecer obispo, pero sí simples visitadores (periodeutas) en las aldeas y en el campo...».