La cuarta
opinión es la de Cayetano[1] donde
enseña que el Papa que es hereje manifiesto no es depuesto por el mismo
hecho (ipso facto) sino que puede y
debe ser depuesto por la Iglesia; la cual sentencia, según mi opinión,
no puede defenderse. Pues, en primer lugar, que el hereje manifiesto esté
depuesto por el mismo hecho (ipso facto),
se prueba por medio de la autoridad y de la razón.
La autoridad
es S. Pablo, que en la epístola a Tito, cap. III ordena que el
hereje, después de dos correcciones, es decir, después que se muestre
manifiestamente pertinaz, debe ser evitado, y lo entiende antes de toda
excomunión y sentencia del juez, como allí mismo escribe Jerónimo, donde dice
que los otros pecadores son excluidos de la Iglesia por medio de la sentencia
de excomunión, mientras que los herejes por sí se alejan y separan del cuerpo
de Cristo: pero el Papa que permanece como tal, no puede ser evitado, pues ¿cómo
evitaremos a nuestra cabeza? ¿cómo nos alejaremos de un miembro unido a
nosotros?
La razón,
en efecto es certísima: el no-cristiano no puede en modo alguno ser Papa,
como confiesa el mismo Cayetano en el mismo libro, cap. 26 y la razón es que
no puede ser Cabeza el que no es miembro; y no es miembro de la Iglesia el que
no es cristiano; pero el hereje manifiesto no es cristiano como claramente
enseña Cipriano[2],
Atanasio[3],
Agustín[4],
Jerónimo[5], y
otros; por lo tanto, el hereje manifiesto no puede ser Papa.
Responde
Cayetano[6]
que el hereje no es cristiano simpliciter
sino secundum quid, puesto que dos
son las cosas que hacen al cristiano: la fe y el carácter; entonces el hereje,
al perder la fe, todavía retiene el carácter y en razón del mismo todavía se
adhiere de algún modo a la Iglesia y es capaz de jurisdicción; por lo tanto,
todavía es Papa pero debe ser depuesto; ya que por la herejía está dispuesto,
con disposición última, a no ser Papa, de la misma forma que se encuentra el
hombre, no muerto sino en las últimas instancias.
