martes, 25 de julio de 2023

Orgulloso de ser romano, por John Daly (VI de XI)

 8. Los sedeplenistas y la Fidelidad a Roma 

Algunos tradicionalistas sedeplenistas[1] están, de hecho, en sumisión activa a las autoridades postconciliares a las que Mons. Lefebvre se refirió como la Roma anticristo. Aunque utilizan los ritos y catecismos tradicionales, de hecho reconocen el Vaticano II como concilio católico legítimo y utilizan sus textos, junto con las encíclicas postconciliares y el "Catecismo de la Iglesia Católica"[2] de 1992 como fuentes doctrinales; reconocen que el Código de Derecho Canónico de 1983 ha substituido totalmente al Código de 1917. Su ministerio se ejerce en virtud de una misión derivada de estas autoridades impugnadas. Las órdenes de sus sacerdotes proceden en gran medida de obispos consagrados en los nuevos ritos. Aun así, rara vez se muestran entusiastas e incondicionales en su sumisión. Son conscientes de la tensión entre cómo les gustaría que fuera Roma y cómo es de hecho. Su romanidad está en constante tensión. Su situación será objeto de un próximo artículo en www.romeward.com, pero por el momento los dejaremos, y el término "sedeplenistas" no se referirá a ellos en el resto de este artículo.

Lo que nos preocupa hoy son aquellos que nominalmente reconocen a las autoridades ubicadas en Roma, pero que en la práctica se niegan a aceptar gran parte de su magisterio ordinario, su liturgia, sus actividades pastorales y el espíritu que las anima. Algunos de ellos (por ejemplo, el "ala derecha" de la SSPX y la "Resistencia") no desean ser reconocidos por hombres que consideran legítimos, pero manifiestamente en el error. Otros (por ejemplo, el "ala izquierda" de la SSPX y grupos similares) están ansiosos por obtener el reconocimiento, pero de hecho siguen ejerciendo su ministerio sin tenerlo y no están dispuestos a comprar el reconocimiento a costa de reconocer que las doctrinas del Vaticano II y la liturgia que emerge de él son ortodoxas y beneficiosas para las almas. Aunque estas divergencias entre las dos escuelas de tradicionalistas sedeplenistas son graves, son irrelevantes para el presente estudio. Para evaluar su fidelidad a los deberes eclesiales católicos podemos tratar a ambos grupos juntos. Examinemos su caso bajo los mismos epígrafes de Creencia, Comunión, Obediencia y Romanidad.

Creencia: La posición de los sedeplenistas que se niegan a subscribir los errores del Vaticano II o la licitud del uso de los nuevos ritos implica necesariamente puntos de vista doctrinales incompatibles con los autorizados por la Santa Sede antes del Vaticano II. He aquí algunos de los ejemplos más flagrantes.

1. Los Sedeplenistas no pueden tener ninguna objeción razonable para subscribir el Artículo 19 de los 39 Artículos de la Iglesia de Inglaterra: 

"Así como la Iglesia de Jerusalén, Alejandría y Antioquía han errado, también la Iglesia de Roma ha errado, no sólo en su forma de vivir y celebrar las Ceremonias, sino también en cuestiones de Fe". 

Pues, de hecho, creen que durante más de cincuenta años la Iglesia de Roma ha errado en su enseñanza ordinaria, al transmitir a los fieles de todo el mundo como sana enseñanza las doctrinas previamente condenadas sobre la libertad religiosa y el ecumenismo, al substituir todos los ritos sacramentales anteriormente vigentes por novedades que socavan la fe y reverencia y que no pueden frecuentarse con seguridad; mediante una serie de cartas encíclicas y otras enseñanzas que contienen errores; autorizando a los no católicos a recibir sacramentos católicos, animando a los católicos a asistir a ceremonias no católicas, inventando nuevos pretextos para declarar nulos los matrimonios, equiparando repetidamente la verdadera religión con las falsas religiones, negándose sistemáticamente a condenar errores notorios ampliamente difundidos, etc.

2. El Papa Pío XII declara en Humani Generis que: 

“Tampoco ha de pensarse que no exige de suyo asentimiento lo que en las encíclicas se expone, por el hecho de que en ellas no ejercen los Pontífices la suprema potestad de su magisterio; puesto que estas cosas se enseñan por el magisterio ordinario, del cual es verdad decir: “Quien a vosotros oye a Mí me oye…”. 

Sin embargo, vemos a los sedeplenistas negar regularmente su consentimiento a una gran parte del contenido de las cartas encíclicas de los últimos cincuenta años y más, ya que observan (con razón) que esta enseñanza es a menudo incompatible con la fe católica.

3. Más generalmente, los sedeplenistas tamizan en la práctica toda la enseñanza oficial que emana de lo que reconocen como la suprema autoridad doctrinal, con la hipotética excepción de los actos del Magisterio Solemne o Extraordinario que nunca se han producido de hecho en el período en cuestión. En otras palabras, examinan los pronunciamientos doctrinales del Vaticano II y sus Papas putativos no para saber qué creer, sino para ver si el hombre al que reconocen como Papa ha acertado o no con su doctrina. Es más, incluso criban las canonizaciones, aunque no hay dudas que la doctrina romana es que la canonización es un acto que de por sí compromete la infalibilidad[3]: veneran a algunos santos elevados en el período postconciliar a los altares (dejemos pasar el término "altares" como metáfora donde ya no es literalmente aplicable) mientras se niegan a reconocer o venerar a otros.

4. Además, mientras que el propio Vaticano II, en la "Notificación" anexa a Lumen Gentium, afirma expresamente que todo lo que "el Sagrado Sínodo propone como doctrina del Supremo Magisterio de la Iglesia debe ser recibido y abrazado por todos y cada uno de los fieles de Cristo" y Pablo VI llegó a declarar en una ocasión que el Concilio contenía "muchos puntos de doctrina propuestos por el Magisterio Extraordinario de la Iglesia"[4], observamos que los sedeplenistas siguen manteniendo la ausencia de toda obligación de creer en la enseñanza del Concilio[5].

5. Con referencia al alcance de la protección de la Iglesia contra el error, el resumen doctrinal[6] del Enchiridion Symbolorum de Denzinger señala que: 

"La Iglesia ejerce su infalibilidad bien por sentencia solemne, bien por su magisterio ordinario y universal, definiendo la verdad revelada, velando por la fe de sus súbditos, lo cual es su derecho y su deber; no puede descuidar la verdad ni impugnarla, ni permitir que se obscurezcan las verdades más graves de la fe o de las costumbres; no puede reexaminar los errores definitivamente condenados; no puede cambiar el sentido de un dogma definido; no puede establecer una disciplina perjudicial; por lo tanto, su juicio debe ser aceptado incluso en cuestiones que aún no han sido expresamente definidas, siendo insuficiente el mero silencio respetuoso"[7]. 

Sin embargo, vemos a los sedeplenistas afirmar sin vacilar que lo que ellos creen que es la Iglesia Católica bajo el gobierno de los legítimos Romanos Pontífices ha permitido durante cincuenta años que graves verdades relativas a la fe y la moral sean obscurecidas e incluso travestidas. Afirman que ha descuidado la verdad central de que sólo la Iglesia de Roma es la única y verdadera Iglesia de Cristo, fuera de la cual no hay salvación, y ha establecido disciplinas[8] que de ninguna manera pueden ser "consentidas", precisamente porque sin duda son perjudiciales, impugnan la verdad divinamente revelada y amenazan el bienestar espiritual e incluso la salvación de los fieles.

6. La infalibilidad del Magisterio Ordinario y Universal es una incomodidad constante para los sedeplenistas, porque los obispos que reconocen que constituyen la jerarquía de la Iglesia en unión con el Papa han estado transmitiendo durante cincuenta años estos errores a sus fieles como si fueran la enseñanza de la Iglesia. Esta es la definición misma del Magisterio Ordinario y Universal –la transmisión de doctrina por parte de los obispos unidos bajo el Papa sin ninguna definición solemne. De ahí que existen motivos para que crean que esta doctrina errónea está protegida por la infalibilidad, ya que la Pastor Æternus enseña que:

 

"Deben creerse con fe divina y católica todas aquellas cosas que se contienen en la palabra de Dios escrita u oral, y son propuestas por la Iglesia para ser creídas como divinamente reveladas, ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio"[9]. 

De ahí que el Index Systematicus de Denzinger declare rotundamente que "la Iglesia dispersa por el mundo es infalible al proponer la enseñanza dada por Cristo", y haga referencia a tres actos magisteriales en este sentido. Sin embargo, observamos que destacados apologistas sedeplenistas pretenden hacer gala de lealtad a la Iglesia anunciando que la enseñanza propuesta por el Magisterio Ordinario y Universal de la Iglesia está protegida por la infalibilidad sólo si se imparte durante un período de tiempo muy prolongado –mucho más que unos meros cincuenta años.

Este error ya había sido refutado en detalle por el Cardenal Franzelin[10] hace un siglo y medio, y no es necesario repetir aquí lo que puede constatar fácilmente cualquiera  que quiera conocer la verdad. Como lo expresa el P. Sylvester Berry: 

"La verdad de una doctrina se establece con la misma seguridad tanto probando su aceptación universal hoy como mostrando que fue aceptada universalmente en cualquier época pasada de la Iglesia"[11]. 

La pertinencia de subrayar este error es que implica una drástica desviación de la clara doctrina católica, para cuya justificación los apologistas sedeplenistas a los que se hace referencia ¡tienen el descaro de citar como fuente un Comentario de 1998 emanado de la "Congregación para la Doctrina de la Fe" Conciliar y firmado por su entonces prefecto el Cardenal Ratzinger! Quien piense que la controversia doctrinal puede resolverse apelando al Cardenal Ratzinger, seguramente no ha advertido en absoluto la existencia de una crisis doctrinal en la Iglesia.

En el presente artículo no pretendemos atribuir una calificación teológica exacta a estas contingencias de la posición sedeplenista desde el Vaticano II. Nuestro objetivo es simplemente preguntarnos si una posición que implica tales contingencias puede razonablemente ser caracterizada como fiel a Roma. Para ayudar a responder la pregunta, el lector puede preguntarse qué respuesta habría dado la Santa Sede bajo el Papa Pío XII si se le hubiera consultado sobre la legalidad de sostener que podría ser posible que los católicos rechazaran enseñanzas, prácticas pastorales y ritos litúrgicos aprobados por la Santa Sede durante más de cincuenta años.



 

[1] El sedeplenista es el que piensa que la Santa Sede tiene un ocupante legítimo, así como el sedevacantista es el que piensa que no lo tiene

[2] En cambio, el catecismo oficial de la verdadera Iglesia Católica sigue siendo el ordenado por el Concilio de Trento, que se conoce oficialmente, por razones obvias, como Catecismo Romano

[3] "Es teológicamente cierto que la Iglesia es infalible en la canonización de los santos", P. Sixto Cartechini S.J., De Valore Notarum Theologicarum

[4] "… complura doctrinæ capita a Magisterio Ecclesiæ extraordinario proposita...", Exhortación Apostólica Postrema Sessio, 4 de noviembre de 1965. Acta Apostolicæ Sedis, LVII, 1965, 866 (4 de diciembre de 1965, § 13). 

[5] Michael Davies, Arnaud de Lassus, Michel Martin, Christopher Ferrara la lista de los que niegan la obligatoriedad de la enseñanza del Vaticano II es interminable. 

[6] O Index Systematicus

[7] Index Systematicus, IIf. En apoyo de este resumen se citan treinta y dos declaraciones magisteriales distintas. 

[8] Por ejemplo, los nuevos ritos, la comunión en la mano, la admisión de los no católicos a los sacramentos, la admisión de los adúlteros no arrepentidos a los sacramentos, la abolición de los estados católicos, los congresos religiosos en pie de igualdad, los acuerdos doctrinales de compromiso con los protestantes, las escuelas mixtas, las garantías de no proselitismo para los judíos, los cismáticos orientales, etc. 

[9] Dz. 1792.

[10] Juan Bautista Cardenal Franzelin S.J., De Divina Traditione et Scriptura (Roma, 1875), Tesis XXIV: El verdadero sentido del canon vicentino.

[11] P. Sylvester Berry, The Church of Christ, pp. 268-269.