IV
LA IGLESIA DE ROMA
El presbiterio romano.
Si la Iglesia de Roma guarda en depósito la prerrogativa del vicario de
Jesucristo tal como lo hemos establecido, es que entre el obispo y su Iglesia
hay una comunidad misteriosa e indisoluble.
La Iglesia particular es el cuerpo y la plenitud de su obispo, como la
Iglesia universal es el cuerpo y la
plenitud de Cristo (Ef. I, 23).
De esta manera el obispo comunica a su Iglesia su honor y sus derechos.
La ennoblece y la realza tanto como él
mismo es realzado en medio de sus hermanos por las prerrogativas que ha
recibido. A su vez la Iglesia da al obispo que le es enviado, con el título de la sucesión, todo lo que es inseparable
de él.
En la parte cuarta de esta
obra tendremos ocasión de tratar, más a fondo, de estas relaciones del obispo
con su Iglesia.
Contentémonos con decir aquí
que estas relaciones se resumen en tres capítulos: primeramente, el consejo y
la asistencia que halla el obispo, en su presbiterio; en segundo lugar, el cargo que incumbe a
este senado, de suplir al obispo difunto
o ausente; finalmente, la misión ordinaria de proponer al superior
la persona del pontífice que ha de ocupar la sede vacante.
Fácilmente se echa de ver
que el presbiterio de la Iglesia romana se ve singularmente realzado en estas
tres funciones por la dignidad del soberano pontificado.
Si este presbiterio asiste a su obispo en su gobierno, tiene parte en el
gobierno del mundo; si lo suple durante el período de sede vacante, sostiene
ante el mundo entero el peso de las prerrogativas de San Pedro; finalmente, si
elige al que será el obispo de Roma, designa para la investidura de la jurisdicción
suprema, que viene inmediatamente de Dios mismo, la persona de la cabeza de la
Iglesia universal.
Sería interesante seguir a
través de los siglos, al lado de la acción del soberano pontificado, la historia
del presbiterio romano. Lo veríamos de edad en edad siempre igual a sí mismo en
la sustancia, «pobre y venerable senado de Cristo»[1]
en los primeros siglos, convertido luego en ese consejo imponente y regio que
se llama hoy día el sacro Colegio Cardenalicio.
Digamos sencillamente que en el transcurso de los tiempos y con
ciertas oscilaciones en la disciplina, las prerrogativas radicalmente comunes a
todo el presbiterio romano han acabado por ser ejercidas únicamente por los miembros
principales en nombre de toda la Iglesia romana.
Estos miembros principales, a los que se reservó el nombre de
cardenales, son los antiguos dignatarios o hebdomadarios de la Iglesia de Letrán,
obispos de las sedes suburbicarias, antiguamente en número de siete, reducidos
más tarde a seis, cardenales-obispos y
primeros miembros del sacro Colegio por el vínculo que los unía originariamente
con la Iglesia catedral de Roma y que sigue vinculándolos singularmente a la
Iglesia romana como primeras dignidades de esta Iglesia; los cardenales sacerdotes
de los cincuenta títulos presbiterales, y los catorce cardenales diáconos de
las catorce diaconías.
Los cardenales obispos, aunque titulares de Iglesias episcopales
distintas de la de Roma, formaron parte del clero de la Iglesia romana como
hebdomadarios o cardenales de la basílica de Letrán; por este origen se los
puede considerar como representantes del colegio particular de dicha basílica,
la primera en dignidad y catedral de la Iglesia romana[2]. Las
otras basílicas patriarcales tuvieron también sus cardenales hebdomadarios,
cuya institución ha desaparecido[3].
El número de los títulos
de sacerdotes ha variado con los siglos: hubo incluso en otro tiempo varios
cardenales en el mismo título, cuando este nombre no estaba todavía reservado
exclusivamente al primer sacerdote titular de cada una de las basílicas o de
los Colegios parciales que pertenecen a la única Iglesia romana[4].
Finalmente, los cardenales diáconos eran en un principio siete, número
místico y originario de su orden, y estaban encargados de siete regiones o
barrios de Roma. Hoy día estas regiones han dado lugar a
catorce diaconías, oratorios o basílicas diaconales. Por causa del vínculo que
liga al presbiterio romano con el soberano pontificado, en la época en que los
cardenales, dejando al resto del clero de Roma el cuidado de los ministerios
locales o inferiores, se reservaron exclusivamente los cuidados relativos a la
Iglesia universal y el cargo de asistir al Sumo Pontífice en el ejercicio de su
autoridad suprema, se les atribuyó precedencia de honor frente a todos los
obispos del mundo, considerándolos únicamente en la unidad que tienen con el vicario
de Cristo.
[1] San Pío I (140-155), Carta 1 a Justo,
obispo de Viena (de las Galias). Mansi I, 678: «El pobre senado de Cristo establecido en Roma, te saluda”.
[2] San Pedro Damián, Carta
1, a los cardenales obispos; PL 144, 255: «La iglesia de Letrán, puesta
bajo la advocación del Salvador, que es incontestablemente cabeza de todos los
elegidos, es así la madre, y como la cúspide y cumbre de todas las Iglesias
extendidos por el mundo. Tiene siete cardenales obispos, únicos a quienes,
después del Papa, está permitido tener acceso a su altar y celebrar en él los
misterios del culto divino.» Juan El
Diácono, Libro sobre la Iglesia de
Letrán 8 (PL 78, 1385), cita un Antiguo ritual romano: «Tiene siete cardenales
obispos, a los que se llama "obispos colaterales" porque desempeñan
cada semana por turno las funciones de pontífice.”
[3] Pierre Mallé, Libro a Alejandro III XI, 31;
4. PL 78, 1059: «Los siete presbíteros cardenales que deben celebrar la misa
cada semana en el sacrosanto altar del bienaventurado Pedro, son los de Santa María en Trastévere, de San Crisógono...; los
cardenales de San Pablo son los Santos Nereo y Aquileo, de San Ciríaco...; los
cardenales de San Lorenzo Extramuros son los de Santa Práxedes, de San Pedro in vinculis...».