miércoles, 5 de febrero de 2014

Dom A. Gréa. La Iglesia, su Divina Constitución, Tercera Parte La Iglesia Universal. Cap. IV (I de III)

IV

LA IGLESIA DE ROMA

El presbiterio romano.

Si la Iglesia de Roma guarda en depósito la prerrogativa del vicario de Jesucristo tal como lo hemos establecido, es que entre el obispo y su Iglesia hay una comunidad misteriosa e indisoluble.
La Iglesia particular es el cuerpo y la plenitud de su obispo, como la Iglesia universal es el  cuerpo y la plenitud de Cristo  (Ef. I, 23).
De esta manera el obispo comunica a su Iglesia su honor y sus derechos. La ennoblece y la  realza tanto como él mismo es realzado en medio de sus hermanos por las prerrogativas que ha recibido. A su vez la Iglesia da al obispo que le es enviado, con  el título de la sucesión, todo lo que es inseparable de él.
En la parte cuarta de esta obra tendremos ocasión de tratar, más a fondo, de estas relaciones del obispo con su Iglesia.
Contentémonos con decir aquí que estas relaciones se resumen en tres capítulos: primeramente, el consejo y la asistencia que halla el obispo, en su presbiterio; en segundo lugar, el cargo que incumbe a este senado, de suplir al obispo difunto o ausente; finalmente, la misión ordinaria de proponer al superior la persona del pontífice que ha de ocupar la sede vacante.
Fácilmente se echa de ver que el presbiterio de la Iglesia romana se ve singularmente realzado en estas tres funciones por la dignidad del soberano pontificado.
Si este presbiterio asiste a su obispo en su gobierno, tiene parte en el gobierno del mundo; si lo suple durante el período de sede vacante, sostiene ante el mundo entero el peso de las prerrogativas de San Pedro; finalmente, si elige al que será el obispo de Roma, designa para la investidura de la jurisdicción suprema, que viene inmediatamente de Dios mismo, la persona de la cabeza de la Iglesia universal.
Sería interesante seguir a través de los siglos, al lado de la acción del soberano pontificado, la historia del presbiterio romano. Lo veríamos de edad en edad siempre igual a sí mismo en la sustancia, «pobre y venerable senado de Cristo»[1] en los primeros siglos, convertido luego en ese consejo imponente y regio que se llama hoy día el sacro Colegio Cardenalicio.
Digamos sencillamente que en el transcurso de los tiempos y con ciertas oscilaciones en la disciplina, las prerrogativas radicalmente comunes a todo el presbiterio romano han acabado por ser ejercidas únicamente por los miembros principales en nombre de toda la Iglesia romana.
Estos miembros principales, a los que se reservó el nombre de cardenales, son los antiguos dignatarios o hebdomadarios de la Iglesia de Letrán, obispos de las sedes suburbicarias, antiguamente en número de siete, reducidos más tarde a  seis, cardenales-obispos y primeros miembros del sacro Colegio por el vínculo que los unía originariamente con la Iglesia catedral de Roma y que sigue vinculándolos singularmente a la Iglesia romana como primeras dignidades de esta Iglesia; los cardenales sacerdotes de los cincuenta títulos presbiterales, y los catorce cardenales diáconos de las catorce  diaconías.
Los cardenales obispos, aunque titulares de Iglesias episcopales distintas de la de Roma, formaron parte del clero de la Iglesia romana como hebdomadarios o cardenales de la basílica de Letrán; por este origen se los puede considerar como representantes del colegio particular de dicha basílica, la primera en dignidad y catedral de la Iglesia romana[2]. Las otras basílicas patriarcales tuvieron también sus cardenales hebdomadarios, cuya institución ha desaparecido[3].
El número de los títulos de sacerdotes ha variado con los siglos: hubo incluso en otro tiempo varios cardenales en el mismo título, cuando este nombre no estaba todavía reservado exclusivamente al primer sacerdote titular de cada una de las basílicas o de los Colegios parciales que pertenecen a la única Iglesia romana[4].
Finalmente, los cardenales diáconos eran en un principio siete, número místico y originario de su orden, y estaban encargados de siete regiones o barrios de Roma. Hoy día estas regiones han dado lugar a catorce diaconías, oratorios o basílicas diaconales. Por causa del vínculo que liga al presbiterio romano con el soberano pontificado, en la época en que los cardenales, dejando al resto del clero de Roma el cuidado de los ministerios locales o inferiores, se reservaron exclusivamente los cuidados relativos a la Iglesia universal y el cargo de asistir al Sumo Pontífice en el ejercicio de su autoridad suprema, se les atribuyó precedencia de honor frente a todos los obispos del mundo, considerándolos únicamente en la unidad que tienen con el vicario de Cristo.



[1] San Pío I (140-155), Carta 1 a Justo, obispo de Viena (de las Galias). Mansi I, 678: «El pobre senado de Cristo establecido en Roma, te saluda”.

[2] San Pedro Damián, Carta 1, a los cardenales obispos; PL 144, 255: «La iglesia de Letrán, puesta bajo la advocación del Salvador, que es incontestablemente cabeza de todos los elegidos, es así la madre, y como la cúspide y cumbre de todas las Iglesias extendidos por el mundo. Tiene siete cardenales obispos, únicos a quienes, después del Papa, está permitido tener acceso a su altar y celebrar en él los misterios del culto divino.» Juan El Diácono, Libro sobre la Iglesia de Letrán 8 (PL 78, 1385), cita un Antiguo ritual romano: «Tiene siete cardenales obispos, a los que se llama "obispos colaterales" porque desempeñan cada semana por turno las funciones de pontífice.”

[3] Pierre Mallé, Libro a Alejandro III XI, 31; 4. PL 78, 1059: «Los siete presbíteros cardenales que deben celebrar la misa cada semana en el sacrosanto altar del bienaventurado Pedro, son los de Santa María en Trastévere, de San Crisógono...; los cardenales de San Pablo son los Santos Nereo y Aquileo, de San Ciríaco...; los cardenales de San Lorenzo Extramuros son los de Santa Práxedes, de San Pedro in vinculis...».

[4] En el concilio celebrado por el Papa san Símaco en 499 suscribieron dos presbíteros cardenales de San Pudente, tres del título de Santa Sabina, dos de Santa Susana, dos de Santa Anastasia, tres de los Santos Apóstoles, tres de San Martín del título de Equicio, etc.; Labbe 4, 1313; Mansi 8, 231.