Anexo: La condena a Lacunza en el Index.
No cabe la menor duda que
el tema es bastante complejo.
Para comenzar empecemos
con un argumento ad hominem:
En primer lugar, nadie,
absolutamente nadie, cumple, hoy por hoy, con las leyes de la Iglesia relativa
a la lectura y publicación de libros.
En segundo lugar, existe,
por regla general, en los llamados ámbitos tradicionalistas,
una férrea defensa y propagación del secreto de La Salette, condenado por el Santo Oficio[1].
Pasemos de lleno a la
respuesta propiamente dicha.
1) Tanto Castellani
como Morrondo Rodríguez afirman, con diversos matices, que el libro fue quitado
del Index.
El primero de los autores
escribe:
“El año pasado se
cumplieron 150 años de la composición de un gran libro religioso americano, La Venida del Mesías en Gloria y Majestad,
del jesuita Lacunza… la obra fue incluída en el Indice de Libros
Prohibidos en 1824; y fue este año 1957 liberada de él, por suerte, a pedido no
sabemos de quién”[2].
Por su parte Morrondo Rodríguez dice:
“Bien es verdad que (Sixto Senense) acostumbra a tratar al P. Lacunza con excesiva dureza,
asegurando que “La venida del Mesías en gloria y majestad” apenas si tiene una página
exenta de algún error exegético, o dogmático o teológico o filosófico o
científico o histórico, y que por eso fue inserta en el Índice de libros prohibidos, y condenada por la Sagrada
Congregación, no en el sentido de razones extrínsecas, sino teológicamente por
causas doctrinales. Pero, aunque el parecer de tan sabio escritor es para
nosotros digno de toda consideración y respeto, no habíamos nunca pensado así, y se conoce que no andábamos
desorientados cuando el Papa León XIII en el decreto último o Índice de libros prohibidos no incluye
la obra del P. Lacunza, sin duda porque los errores que pueda encerrar en sus páginas “La venida del Mesías” en nada afectan a la ortodoxia, y pueden
defenderse sin enojo de la Santa Sede, o más bien la causa de levantarle el
veto era histórica y debida a razones extrínsecas que han cesado en la época
actual”.
Y luego:
“… pero la Obra fue
condenada y este es el secreto que explica el olvido a que bien pronto
descendió.
La Inquisición española, a
la sazón en funciones, arrebató, el libro de la circulación en el año 1819, día
15 de Enero, por medio de un Edicto decreto que suscribieron los siguientes miembros
del tribunal, según leemos en la Biblioteca
de la Religión.
El Decreto aparece firmado
por don José Mata Linares, don Gregorio
Mohamed, don Marcos Fernández Alonso, don Manuel Alonso y Velasco,
Secretario. El texto dice así. “El Inquisidor de acuerdo con los del Consejo y Real Permiso
manda recoger La Venida del Mesías en
gloria y Majestad y que no pueda venderse, leer, retener, pena de
excomunión mayor latae sententiae y
doscientos ducados para gastos del Santo Oficio hasta tanto que por el mismo se alce esta prohibición».
Indudablemente la
prohibición no se alzaría porque fué suprimido el Santo Oficio, entre algunas
intermitencias, un año después, en el año 1820; y no es creíble que en el breve
período de ese tiempo se autorizase la circulación; y aunque es verdad que, de
derecho se restauró la Inquisición en 1823, pero de hecho estaba abolida, y
definitivamente en 1834.
Las frases del Decreto
permitían una vaga esperanza y así la habíamos concebido nosotros, de que las
causas que habían intervenido en su redacción no habían nacido de la
heterodoxia del libro, sino de circunstancias externas; acaso del peligro próximo o remoto de un abuso de las ideas del P.
Lacunza por parte de los elementos perturbadores que bullían en aquella
sociedad, en aquella época inquieta, en que se ventilaba el triunfo incipiente,
y por desgracia efectivo y total después, de las libertades modernas.
Aquel presentimiento bien pronto se vio fallido, porque muy pocos años
después la Sagrada Congregación del Indice, por Decreto de 5 de Septiembre de
1824, bajo el Pontificado de León
XII, confirmó el promulgado por
la Inquisición española, en los siguientes términos. «La venida del Mesías en
gloria y Majestad. Observaciones de Juan Josafat Ben Ezra hebreo cristiano, dirigido al Sacerdote
Cristófilo (el verdadero nombre del
autor es Manuel Lacunza) obra póstuma. En todo idioma. Decreto 6 de Septiembre
de 1824. Condenó y condena, proscribió y proscribe».
No obstante sospechamos, no sin fundamento, que tampoco la Sagrada
Congregación del Indice prohibía el libro como de doctrina contraria a la fe
católica, sino por razones extrínsecas, por las cuales se juzga perjudicial o
inoportuna la publicación que en otras circunstancias no ofrece inconveniente
alguno.
El P. Lacunza, por un conjunto de razones, no ha podido descender al
abismo del error, habiendo pasado por manos calificadoras de hombres eminentes
en ciencia y en virtud, como hace constar el autor en el prólogo de «La venida
del Mesías en gloria y Majestad»; y el tiempo ha venido a demostrar que la
Santa Sede juzgó más tarde que ya no procedía retenerle en el catálogo de
libros prohibidos.
Hay diferencia marcada
entre la Congregación del Santo Oficio y la Congregación del Indice, mientras
aquella está encargada de la tutela de la doctrina de la fe, de las costumbres
y del juicio sobre herejías, la del Indice examina diligentemente todos los libros
que se delaten, procura inquirir por
propio oficio y por los medios más oportunos si se hubiesen editado libros de
cualquier género que deben ser condenados, y si fuese conveniente, prohibirles.
Según esto la inserción en el Indice no
significa de suyo que la S. Congregación condena una doctrina sino que muchas
veces se limita simplemente a prohibir su lectura por variedad de causas y
motivos, ya porque no es oportuna la publicación o porque pudiera ser
peligrosa, o quizá producir escándalo o por temor a los abusos que pudieran
seguirse; más cuando las justas razones que motivaron la prohibición, cesan en
algún tiempo, o sobrevienen circunstancias nuevas, sucede que un libro es excluido
del Indice y entra en plena circulación. Actualmente se han introducido
modificaciones.
La esperanza se confirmó, porque efectivamente en el Indice de libros prohibidos, editado por
mandato del Papa León XIII, del año1901, no
estaba incluida la obra del P. Lacunza”.[3]
¿Qué pensar de esto?
El testimonio de Castellani nos parece, por lo menos,
dudoso. Es muy probable que se haya equivocado porque en otras obras
posteriores afirma que el libro sí estaba en el índice; además la última
edición del Index data de 1949 y en
las Actas de la Sede Apostólica de los años 1957-1959 Lacunza no es nombrado ¿De dónde pudo haber sacado tal información?
En cuanto a lo que trae Morrondo Rodríguez, la situación cambia
un poco. El único problema es que no hemos podido corroborar lo que dice ya que
no hemos encontrado la edición de 1901 por ningún lado, sino tan solo la de
1900 y la de 1907 y en ambas sí está Lacunza.
Si en 1901 la obra fue
sacada, duró poco, lo cual es un tanto difícil de creer, pero más difícil aún
parece creer que alguien se equivoque en algo tan sencillo como buscar el
nombre de un autor en un libro ordenado por orden alfabético[4].
[1] No se nos escapa la respuesta que algunos dan a esta objeción, a saber,
que el libro condenado con el nombre “L'apparition de la
Très Sainte Vierge” no es el
secreto propiamente dicho sino un libro escrito por un autor anónimo. Aún
suponiendo que esto fuera cierto creemos que el argumento subsiste, ad hominem por lo menos, ya que hemos
visto y leído a más de un sacerdote que citaban, defendían e incluso vendían el secreto, aún creyéndolo en el
Index, a pesar del silencio cómplice de sus colegas en el
sacerdocio.
[2] “Un clásico americano echado a las llamas y
al olvido”, publicado por Dictio,
vol. VIII “Lugones – Esencia del
Liberalismo – Nueva Crítica Literaria” (1976), pag. 408 ss.
[3] La proximidad de la catástrofe del mundo y El
advenimiento de la regeneración universal, Jaén 1922, pág. 168 y 194-196.
[4] Si alguien pudiera dar con esta edición del Index le agradeceríamos nos corroborara la veracidad o no de la
afirmación del P. Morrondo Rodríguez.