lunes, 10 de marzo de 2014

Si la permisión del pecado original cae fuera o dentro de una economía reparadora, por el P. Basilio de San Pablo, C. P. (IV de VIII)

3. DIOS SOLO PERMITE EL MAL DENTRO DE LA PROVIDENCIA DEL BIEN

El tercer contraste que ofrece la permisión del pecado fuera de una economía reparadora es aparecer en pugna con el principio general de que Dios sólo permite el mal con vistas a un bien mayor. Es la razón que da el Angélico para justificar la providencia divina en los males del universo.

Provisor particularis excludit defectum ab eo quod eius curae subditur, quantum potest: sed provisor universalis permittit aliquem defectum in aliquo particulari accidere, ne impediatur bonum totius... Cum igitur Deus sit universalis provisor totius entis, ad ipsius providentiam pertinet ut permittat quosdam defectus esse in aliquibus particularibus rebus ne impediatur bonum universi perfectum. Si enim omnia mala impedirentur multa bona deessent universo: non enim esset vita leonis, si non esset occisio animalium; nec esset patientia martyrum, si non esset persecutio tyrannorum[1].

Lo que se dice del mal físico debe afirmarse con mucha mayor razón del mal moral, permitido por Dios para realce del bien. San Agustín funda en esos mayores bienes el aguante de Dios frente a la provocación de los pecados[2].
Sin decreto de la encarnación con anterioridad a la permisión del pecado original ¿dónde estaría el bien mayor que nos dé razón de esa permisión y de sus consecuencias?
Los tomistas se ven y se desean para señalarlo, sin que aparezcan de acuerdo en este punto concreto. Se preguntan —como todos los teólogos— por qué Dios permitió el pecado de Adán, y al no poder señalar taxativamente un bien mayor, se contentan los más con adorar en un silencio poco teológico los designios de Dios.

Así Billuart cuando escribe:

Respondeo cum Contenson nos non posse nec debere praescribere rationes cur Deus voluerit peccatum permittere, judicia enim Dei abyssus multa: praesertim cum habeamus ex Scriptura Incarnationem esse propter peccatum, neutiquam autem peccaturn propter Incarnationem: non enim dicitur: sic Deus dilexit Christum, ut peccatum permiserit, sed e contra dicitur: sic Deus dilexit mundum, ut Filium suum unigenitum daret[3].

domingo, 9 de marzo de 2014

Dom A. Gréa. La Iglesia, su Divina Constitución, Tercera Parte (Sección segunda) La Iglesia Universal. Cap. IV (III Parte)

Nota del Blog: el siguiente artículo nos muestra una opinión singular del autor. Opinión debatida tanto en su momento como en nuestros días. A nosotros nos parece, por lo menos, digna de atención y de un serio estudio.

Casos de necesidad.

Pero no solamente en el establecimiento de la Iglesia se declaró el poder propiamente apostólico y universal de los obispos, poder subordinado siempre en su fondo y en su ejercicio al vicario de Jesucristo. Hay un segundo orden de estas manifestaciones, que es todavía más raro y más extraordinario.
En el seno mismo de los pueblos cristianos se ha visto a veces, en casos de necesidades apremiantes, a los obispos — siempre dependientes, en esto como en todas las cosas, del Soberano Pontífice, y actuando en virtud de su comunión, es decir, recibiendo de él todo su poder — usar de este poder para la salud de los pueblos.
De resultas de calamidades superiores a todas las previsiones y de violencias que no se podían remediar por las vías comunes, pudo faltar enteramente la acción de los pastores locales; volvían así las condiciones en que el apostolado se ejercía por el establecimiento de las Iglesias cuando no estaban todavía constituidos los ministerios locales. Porque, como ya hemos dicho, se concibe que en ausencia de los pastores particulares sólo se conserve lo que hay de universal en los poderes de la jerarquía y que la Iglesia universal, por los poderes generales de su jerarquía y del episcopado, ocupe, por así decirlo, el lugar de las Iglesias particulares y venga  inmediatamente en ayuda de las almas.
Así en el siglo IV se vio a san Eusebio de Samosata recorrer las Iglesias de Oriente devastadas por los arrianos y ordenarles pastores ortodoxos aun sin tener jurisdicción especial sobre ellas[1]. Se trata de acciones verdaderamente extraordinarias, como las circunstancias que las provocaron.
Así estas manifestaciones del poder universal del episcopado, que se ejerce en lugares donde las jerarquías locales habían sido establecidas y no habían perecido totalmente, fueron siempre sumamente raras.

sábado, 8 de marzo de 2014

Si la permisión del pecado original cae fuera o dentro de una economía reparadora, por el P. Basilio de San Pablo, C. P. (III de VIII)

I. — CONTRASTES QUE OFRECE LA PERMISION DEL PECADO
FUERA DE UNA ECONOMIA REPARADORA

La brevedad de este estudio no nos permite el intento de enumerar cuantos pudieran ofrecerse a la consideración. Nos contentaremos con apuntar estos tres:

1. Las obras de Dios nunca fallan en su conjunto.

2. La condición del hombre es ser defectible y recuperable.

3. Dios sólo permite el mal dentro de la providencia del bien.

Vamos a esclarecer estos principios, comprobando que choca contra ellos la permisión del pecado original fuera de una economía reparadora.


1. LAS OBRAS DE DIOS NUNCA FALLAN EN SU CONJUNTO

Este principio lo enuncia Santo Tomás cuando afirma que, natura consequitur effectum, vel semper, vel ut in pluribus[1]. Ha colocado Dios en ella y en cada uno de los seres que la integran ciertas formas o energías reconstituyentes, con las cuales superan los elementos patógenos contrarios que acechan su integridad o existencia.
Todos los seres, en cuanto defectibles, fallan alguna vez o en alguna de sus partes; pero nunca alcanzan los fallos a la integridad del ser o a la totalidad de sus partes.
En la naturaleza vemos campos asolados por el pedrisco; islas desaparecidas de la noche a la mañana; vivientes para quienes la cuna se convierte en ataúd. Pero todo eso constituye la excepción respecto a los campos, las islas y los vivientes.
Este principio general quiebra, según los tomistas y los escotistas, en el hombre. Dios lo recapitula en Adán, que aparece como el hombre naturaleza, vinculando a su obediencia o sumisión la felicidad relativa de la vida presente y la sobrenatural absoluta de todos sus descendientes en la vida eterna.
Se explica facilísimamente el que caiga. Lo que ya resulta muy extraño es que las aguas queden emponzoñadas en su misma fuente; que el fallo aparezca en el hombre naturaleza; que la humanidad entera se incapacite ya desde la cuna para conseguir el destino final que le ha sido señalado. Porque en la caída de Adán se dan estas gravísimas circunstancias: que cae la humanidad entera; en su misma cuna, y con caída de suyo irreparable.
El pecado de Adán, quien reconcentra en sí a toda la naturaleza humana, equivale en estos sistemas teológicos a un suicidio cósmico; por cuanto repercute en todos los seres que le están natural y sobrenaturalmente conectados.
Vivimos en la era atómica, y el mundo se siente sobrecogido ante la posibilidad de que la perversidad de unos cuantos hombres desalmados pueda barrer toda la vida del planeta.
La Providencia ha presidido estos inventos, y tal vez quiere servirse de ellos para la catástrofe final tan reiterada y minuciosamente anunciada por Jesucristo. Incluso podríamos añadir que tales inventos facilitan la realización de los fenómenos que Jesucristo anuncia verificados en el cielo, en la tierra, en los mares, y singularmente en los hombres, arescentibus prae timore. Así puede dejarlos una radiactividad precursora de la muerte.
Lo que no acertaríamos a comprender es una bomba atómica colocada en las manos de Adán, y a Dios permitiendo la hiciera explotar, ahogando toda la vida en su misma cuna. ¿Y qué otra cosa viene a ser en estas teorías la permisión del pecado original fuera de una economía reparadora? Porque Dios constituye a Adán en el hombre naturaleza; vincula a su fidelidad todos los dones preternaturales y sobrenaturales de que le ha enriquecido, y permite que los pierda para sí y para todo su linaje sin tener nada previsto respecto a su remedio.
Bien está que haya venido después ese remedio; pero desconcierta el que no estuviera decretado un signo anterior a la permisión de esa catástrofe, cayendo la permisión del pecado de Adán dentro de una economía reparadora.

viernes, 7 de marzo de 2014

Dom A. Gréa. La Iglesia, su Divina Constitución, Tercera Parte (Sección segunda) La Iglesia Universal. Cap. IV (II Parte)

Fundación de las iglesias.

En primer lugar, por lo que respecta al establecimiento mismo de las Iglesias, en un principio los apóstoles, y después de ellos los primeros discípulos, obraron en virtud de aquella misión general: «Id, haced discípulos de todas las naciones» (Mt. XXVIII, 19), puesto que el Evangelio no les da otra. Ahora bien, esta misión respecta constantemente al episcopado. En efecto fue dada propiamente al colegio episcopal, puesto que su eficacia debía durar hasta el fin del mundo, conforme a lo que sigue en el texto sagrado: «Y yo estoy con vosotros todos los días hasta el fin del mundo» (Mt. XXVIII, 20). Es la doctrina de san Agustín, que nunca ha hallado contradictores.
Mas esta misión fue dada anteriormente a toda delimitación territorial y antes de que obispo alguno tuviera poder particular sobre un pueblo determinado. Precedió a la fundación de las Iglesias, que en lo sucesivo serían asignadas a cada miembro del colegio; así los obispos recibieron en la persona de los apóstoles una misión, verdadera y primitivamente general, de anunciar el Evangelio a las naciones infieles.
Ahora bien, estas palabras encerraban el precepto al mismo tiempo que conferían el poder, y como precisamente en virtud de esta primera misión fueron los apóstoles a sembrar el Evangelio por el mundo y a fundar las primeras Iglesias, parece ser que en éstas actuaron verdaderamente como obispos y en virtud de los poderes conferidos al  episcopado, y que por consiguiente no se pueden restringir a sus solas personas los poderes encerrados en esta misión misma y expresados por ella.
Mas, si por la misión apostólica no salían fuera del rango y de los límites del episcopado, lejos de ejercer en esto un poder soberano sin depender de ningún superior acá abajo ni tener que rendir cuentas de sus trabajos más que a Dios, por ello mismo y en su calidad de obispos estaban plena y perfectamente constituidos en toda dependencia de san Pedro, vicario de Jesucristo, dependencia que es la esencia misma del episcopado.
Estaban, por tanto, sometidos siempre enteramente a san Pedro, su cabeza, que ocupaba el lugar de Jesucristo en medio de la Iglesia naciente; debían darle cuenta de sus trabajos, le debían obediencia, recibían sus directrices y su aprobación, no fuera que corrieran en vano, como dice san Pablo (Gál. II, 2). Y si al exterior usaban de mayor libertad, era porque san Pedro, su hermano al mismo tiempo que su cabeza, les dejaba obrar así para el bien del mundo.
Y no se objete aquí que todos habían sido, como él, elegidos e instituidos por nuestro Señor mismo, como si por ello debiera quedar disminuida su dependencia; porque esto no cambia nada del fondo de las cosas. Una vez que la fuente de su autoridad, Jesucristo, había quedado desde entonces y para siempre situada aquí en la tierra indivisiblemente en el vicario que Él mismo se creó, esta autoridad, que dimana originariamente de Jesucristo, por esto mismo no cesaba de dimanar del vicario de Jesucristo en forma habitual y continua sobre ellos y sobre las otros obispos que ellos ordenaban; y por ello a este vicario, en su unidad con aquel a quien representa, se le llama «el origen del apostolado»[1].

jueves, 6 de marzo de 2014

El Discurso Parusíaco XI: Respuesta de Jesucristo, VI. La Abominación de la Desolación en el Lugar Santo (II Parte).

La Abominación de la Desolación en el Lugar Santo.


I Parte

Como ya dijimos, los textos de Mt y Mc versan únicamente sobre la Parusía y lo que inmediatamente la antecede.

En el comienzo desta nueva parte Nuestro Señor pasa a responder la pregunta sobre el signo de la Parusía.

El texto en cuestión dice así:

Mateo XXIV

15 "Cuando veáis, pues, la abominación de la desolación, de la que habló el profeta Daniel, estando (de pie) en el Lugar Santo -el que lee, entiéndalo-

Marcos XIII

14a "Más cuando veáis la abominación de la desolación estando él (de pie) allí donde no debe – ¡entienda el que lee!-


He aquí, tal vez, uno de los pasajes proféticos más conocidos. Ya han sido explicadas las diferencias entre los dos textos así que adentrémonos en la exégesis de los mismos.

Por ahora lo que sabemos es que la abominación de la desolación ha sido predicha por el profeta Daniel, que va a suceder en el Lugar Santo y, por último, que es un hecho futuro.

Teniendo en cuenta todo esto, surgen aquí tres cuestiones para analizar:

1) ¿Dónde está predicho esto por el Profeta Daniel?

miércoles, 5 de marzo de 2014

Dom A. Gréa. La Iglesia, su Divina Constitución, Tercera Parte (Sección segunda) La Iglesia Universal. Cap. IV (I Parte)

IV

LA ACCIÓN EXTRAORDINARIA DEL EPISCOPADO

En qué consiste.

El poder del episcopado en el gobierno de la Iglesia universal se ejerce de manera ordinaria por los concilios y por el concurso menos llamativo que los obispos dispersos, unidos siempre en la dependencia y bajo el impulso de su cabeza, se prestan sin cesar para el mantenimiento de la fe y de la disciplina.
Pero este poder del episcopado ha tenido también en la historia manifestaciones extraordinarias que conviene reducir a la misma subordinación y someter a las mismas leyes esenciales de la jerarquía.
Queremos hablar aquí primeramente de la autoridad desplegada por los apóstoles, sus discípulos y los obispos de los primeros tiempos, sus sucesores, para anunciar por todas partes el evangelio y establecer la Iglesia y en segundo lugar de las acciones extraordinarias por las que en lo sucesivo se vio a obispos que no vacilaron en remediar las necesidades urgentes del pueblo cristiano y en reanimar, con el empleo de un poder cuasi-apostólico, a Iglesias puestas en peligro extremo por los infieles y los herejes.
Se ha abusado de estos hechos para ampliar desmesuradamente la autoridad de los obispos y darles una como soberanía primitiva e independiente.
Es, por tanto, necesario destruir este fundamento de error. Para hacerlo recordaremos sencillamente la doctrina expuesta en nuestra parte segunda, donde hemos tratado de las relaciones de dependencia esencial que unen a las Iglesias particulares y a la Iglesia universal, y referiremos estos hechos a las leyes ya conocidas de la jerarquía, leyes que siempre y en todas partes establecen la completa subordinación de los obispos a su cabeza.
Y en primer lugar conviene recordar que la Iglesia universal, que precede en todo a las Iglesias particulares, posee antes que éstas y conserva siempre soberanamente la misión de predicar en todas partes el Evangelio y de salvar las almas.
De aquí se sigue que la jerarquía de la Iglesia universal, que no se ve despojada de su autoridad inmediata sobre las almas ni siquiera por el establecimiento de las Iglesias particulares, es la única encargada de la salvación de los hombres cuando éstas faltan, y despliega sus poderes para proporcionarles este beneficio.

martes, 4 de marzo de 2014

Si la permisión del pecado original cae fuera o dentro de una economía reparadora, por el P. Basilio de San Pablo, C. P. (II de VIII)

IMPORTANCIA APOLOGETICA Y TEOLOGICA DE LA CUESTION

¿Podremos afirmar que la cuestión de si la permisión del pecado original cae fuera o dentro de una economía reparadora es puramente de escuela, sin trascendencia alguna teológica y apologética? La persuasión de que la tiene grandísima en cada uno de esos órdenes es lo que me ha movido a traerla a estas sesiones.
De un siglo a esta parte viene repitiendo machaconamente el racionalismo la afirmación de Strauss, según la cual "el pecado original repugna a la razón y al sentimiento". Pues bien: los argumentos alegados por el racionalista alemán para presentar el pecado original como repugnante a la razón y al sentimiento, concluyendo que "debe ser relegado a la región de las ficciones y los mitos", caen por su base con sólo presentarlo encuadrado dentro de la economía reparadora que hemos indicado preside en la Teología oriental a la encarnación del Verbo.

Comienza Strauss preguntando:

"¿Qué tenía de extraño, de inesperado el pecado del primer hombre para trastornar toda la economía primitiva del plan divino?".

Es verdad que el pecado de Adán trastornó el primitivo plan divino en las teorías tomista y escotista; según la primera de las cuales, en esa caída debemos buscar la razón determinante de la encarnación del Verbo; y según la segunda, de la encarnación en carne mortal y misión redentora; pero la enseñanza de esas escuelas no es una verdad de fe ni mucho menos. Podemos responder al racionalismo que el pecado de Adán no trastornó en su conjunto la economía del plan divino asentada sobre Jesucristo, recapitulación, sustentación y reparación de todas las flaquezas consiguientes a la condición humana.

Añade Strauss:

"El hombre había sido hecho de manera que podía pecar o no pecar. Al pecar hacía, es cierto, lo que no debía, pero no obstante, lo que podía ¿Por qué habría perdido la libertad que recibió de querer o no querer?".