VI
INSTITUCIÓN DE LOS OBISPOS
Dependencia de la sede apostólica.
Después de haber expuesto
la constitución de la Iglesia universal y de haber mostrado cuáles son en ella
la soberanía de la cabeza y la dependencia de los miembros, nos queda por
explicar la doctrina concerniente a la transmisión del episcopado.
Aquí no hallamos ninguna
dificultad, y lo hasta aquí expuesto basta para darnos a conocer como con
evidencia que el episcopado no tiene otra fuente sino a Jesucristo y al vicario de Jesucristo,
en la indivisible unidad del mismo principado.
En efecto, como nuestra
jerarquía imita la sociedad divina de Dios y de su Hijo, Cristo Jesús, no puede,
al igual que este tipo augusto, admitir en sí misma otro orden de las personas
que el de la procesión, es decir, de la misión dada y recibida.
Si, pues, el episcopado es
dependiente de san Pedro, esta dependencia
basta para mostrar que procede de san
Pedro y que los obispos reciben de él su misión.
Esta doctrina resultará
más clara todavía si tenemos presente que la
dependencia en el episcopado no es sino la misión misma, en cuanto ésta es
recibida en forma continua y habitual por los obispos.
Ya dijimos que la misión
no es un acto puesto una vez y que ya no tiene existencia sino en sus efectos,
sino que constituye una relación permanente, fuera de la cual dejan de
subsistir los poderes conferidos por ella. Es una fuente que no puede cesar de
manar sin que acabe por desecarse la tierra, un sol que no puede retirar sus
rayos sin que las tinieblas invadan el espacio.
Esto es, por lo demás, la aplicación
de una ley general de las obras de Dios: las criaturas, en efecto, no persisten
en el ser que tienen recibido de Él sino por el acto conservador que es la
creación misma continuada. O más bien se trata aquí de una imitación de las
leyes augustos de la vida que hay en Dios mismo: en Él es eterno el nacimiento
del Hijo y le constituye en una dependencia de origen que no tiene principio ni
fin y que no puede ser suspendida ni destruida.