lunes, 23 de agosto de 2021

La Necesidad de la Definición de la Infalibilidad Papal por parte del Concilio Vaticano, por Mons. Fenton (IV de V)

 La Enseñanza Perfeccionada 

La torpeza que había caracterizado gran parte de la presentación de la enseñanza sobre la infalibilidad papal durante los primeros días de la actividad de la Contrarreforma desapareció de la escena teológica con el advenimiento de aquellos gigantes que fueron la gloria de las escuelas católicas durante la última parte del siglo XVI y la primera parte del XVII. Estos escritores de la edad de oro de la teología (desde los días de Cano hasta la época de Sylvius), hicieron algo más que afirmar la tesis de la infalibilidad papal. Hicieron su gran contribución en este campo por su delineación exacta y científica de la naturaleza y características precisas de la prerrogativa pontificia, y por la elaboración de las pruebas teológicas clásicas, manifestando el hecho de que su tesis es realmente parte de la revelación pública divina. Además, indicaron la calidad de la tesis y las censuras teológicas a las que estaba sujeta la contradicción de esta enseñanza. Para el propósito de este trabajo, bastará con ver cómo algunos de los más importantes teólogos postridentinos formularon sus conclusiones sobre la cuestión de la infalibilidad papal y conocer el grado de certeza que atribuyeron a estas tesis. 

Tomás Stapleton (1598), profesor tanto en Douai como en Lovaina, enseñó como doctrina 

“Ahora cierta y recibida entre los católicos” la tesis de que, “aunque el Romano Pontífice, como persona privada, es tan capaz de equivocarse en materia de fe como de pecar en materia de moral, sin embargo, como persona pública, es decir, cuando responde y decide una cuestión de fe sobre la que ha sido consultado, nunca ha enseñado en ningún momento doctrina herética, ni puede enseñar tal doctrina”[1]. 

Stapleton redactó su tesis para evitar dos errores opuestos, el uno, la opinión de Alberto Pighius (1542), un teólogo católico que había afirmado que el Papa, como persona privada, es incapaz de equivocarse, y el otro, la enseñanza de Gerson, Occam, Almain (y con Almain la mayoría de los maestros parisinos), Alfonso de Castro, Adrián Boyens (después Papa Adrián VI) y Durando. Evidentemente, Stapleton consideró la tesis como algo más que una conclusión teológica ordinaria, ya que, aunque se niega a admitir que los opositores a la infalibilidad papal hayan enseñado herejías, insiste en que son culpables de ignorancia y temeridad, especialmente los más recientes entre ellos. Stapleton enumera a Santo Tomás, Netter y Torquemada como escolásticos más antiguos junto a sus propios contemporáneos, Pighius, Cano, San Juan Fisher y Cayetano en apoyo de su enseñanza. 

San Roberto Belarmino (1621), que contribuyó más que ningún otro teólogo individual a la formación de la tesis sobre la infalibilidad papal, caracterizó la enseñanza de Gerson y Almain como “totalmente errónea y próxima a la herejía”[2]. Por otro lado, aceptó la opinión de Pighius como “probable” y la defendió[3]. Su enseñanza esencial sobre la infalibilidad se resume en tres proposiciones.

I. En ningún caso el Sumo Pontífice puede equivocarse cuando enseña a toda la Iglesia sobre cuestiones de fe[4]. 

II. Tanto la Iglesia romana [diócesis de Roma][5] como el Romano Pontífice están exentos de la posibilidad de error en la fe[6]. 

III. El Romano Pontífice es incapaz de equivocarse, no sólo en los decretos de fe, sino también en los preceptos de moral que se prescriben para toda la Iglesia y que tratan de asuntos necesarios para la salvación buenos o malos en sí mismos[7]. 

Entre los otros maestros jesuitas de teología, Francisco Suárez (1617), enseñó como 

“Verdad católica que el Pontífice, definiendo ex cathedra es una regla de fe que no puede errar, cuando propone auténticamente algo a la Iglesia universal para ser creído con fe divina”[8]. 

Así, Suárez contribuyó no sólo a la doctrina, sino también a la terminología de la definición del Concilio Vaticano. Otros dos distinguidos profesores jesuitas, Gregorio de Valencia (1603)[9] y Adam Tanner (1632)[10], escribieron magníficas exposiciones de la tesis sobre la infalibilidad papal, al igual que el más influyente de los profesores dominicos, Domingo Báñez (1604)[11]. 

Los resultados del desarrollo de la enseñanza sobre la infalibilidad papal pueden verse en las obras de tres grandes sacerdotes diocesanos, profesores en Lovaina, París y Douai. El teólogo de Lovaina, Juan Wiggers (1639), enseñó que 

“El juicio del Pontífice en la determinación de las cuestiones de fe es enteramente seguro e infalible no sólo cuando habla con un Concilio general, sino también cuando habla ex cathedra, y enseña a toda la Iglesia, imponiendo la obligación de creer y enseñar como él ha hablado”[12]. 

Wiggers enumera a Driedo y Hessels, anteriores luminarias de Lovaina, entre los que apoyan su tesis, y nos dice que esta doctrina es sostenida por todos los autores recientes. 

El profesor parisino Andrés Duval (1638) sostuvo como tesis 

“Absolutamente cierta que el Sumo Pontífice no puede equivocarse cuando emite un decreto ex cathedra sobre fe o moral y que está dotado del privilegio de infalibilidad por Nuestro Señor inmediatamente después de su elección canónica”[13]. 

Francisco Silvio (1649) de Douai, puede decirse que representa la etapa final en el desarrollo de esta enseñanza. Silvio sostenía que era 

“Cierto con certeza de fe (fide certa est) que el juicio del Romano Pontífice en la determinación de las cuestiones de fe es infalible, de modo que cuando define ex cathedra, o cuando, como Pontífice, propone algo que debe ser creído por la Iglesia, no puede, bajo ninguna circunstancia, estar en error, ya sea que defina con un Concilio general o aparte de él”[14]. 

Además, enseñó que 

Ninguno de los Soberanos Pontífices se ha equivocado definiendo algo contra la fe[15]. 

Esto, para Silvio, era una tesis ad fidem pertinens y que podía ser defendida con éxito contra cualquier objeción.


 

[1] Principiorum fidei doctrinalium relectio scholastica et compendiaria, (Amberes, 1596), Controv. III, q. 4, p, 384. 

[2] De Romano Pontifice, Lib. IV, cap. 2, en De controversiis christianae fidei adversus huius temporis haereticos (Ingolstadt, 1586), I, col. 975. 

[3] Cf. Ibid., y cap. 5 col. 988 sig. 

[4] Ibid., cap. 3, col. 975. 

[5] Nota del Blog: Sobre este tema ver AQUI y AQUI. 

[6] Ibid., cap. 4, col. 984. 

[7] Ibid., cap. 5, col. 987. 

[8] Opus de triplici virtute theologica (Lyon, 1621), Tract. I, disp. 5, sect. 8, p. 103. 

[9] Cf. Commentariorum theologicorum libri IV (Ingolstadt, 1603), III, disp. I, qu. 1, punct. 7, qu. 6, col. 286 ss. 

[10] Cf. Theologia scholastica (Ingolstadt, 1627), III, disp. I de fide, qu. 4, dub. 5, col. 266 ss. 

[11] Cf. Scholastica commentaria in secundam secundae Angelici Doctoris D. Thomae (Venecia, 1588), en qu. 1, art. 10. 

[12] Tractatus de Pontifice, en el Commentaria de virtutibus theologicis (Lovaina, 1689), p. 66. 

[13] De suprema Romani Pontificis in ecclesiam potestate (París, 1877), p. 107. 

[14] De praecipuis fidei nostrae orthodoxae controversiis cum nostris haereticis, Lib. IV, art. 8 en la Opera omnia (Amberes, 1698), V, 313. 

[15] Ibid., art. 10, p. 322.