Si
el Apóstol cerrase la sección en XI, 10 ninguna dificultad seria podría
abrigarse sobre su mente: el Israel κατὰ σάρκα (según la carne) continuador del Israel escogido en los Patriarcas,
es el residuo admitido al Evangelio. Pero al fragmento XI, 1-10 siguen otros
dos: el 11-24 y el 25-32 que despiertan no leves reparos sobre esa
interpretación. En los fragmentos 11-24 y 25-32 se nos dice que los judíos,
aunque excluidos al presente del Evangelio, han de ser incorporados a él más
adelante, cuando la plenitud de los gentiles haya entrado en la Iglesia porque:
“si bien odiosos (ἐχθροὶ) a Dios ahora, en gracia de la predicación del
Evangelio entre los gentiles” son, al mismo tiempo, objeto de la predilección
divina (ἀγαπητοὶ) por razón de los Patriarcas”. Y no contento el Apóstol
con esas insinuaciones, aduce en su apoyo este axioma: “¡los favores divinos
son irrevocables!”, es decir, una vez hecha en los Patriarcas la elección de
su posteridad en la cual están también incluidos los judíos de nuestros días,
este pueblo sigue disfrutando del beneficio de aquella elección. ¿Cuál
es el pensamiento del Apóstol en tales expresiones? ¿Quiénes son esos judíos
odiosos a Dios y, al mismo tiempo, sus predilectos como posteridad de Israel
escogida en los Patriarcas? ¿Son el pueblo judío en su conjunto pero que, por
estar distribuido en dos grupos, los admitidos al Evangelio y los desechados de
él, puede simultáneamente representar, en los primeros, al Israel predilecto o,
en el segundo un Israel “odioso” a Dios? ¿O son en ambos miembros los judíos
excluidos? Si lo primero, ¿qué enseñanza nueva añade XI, 11-32 sobre lo que ya
sabemos por IX, 6-XI, 10? Si lo segundo, ¿cómo “aquellos mismos” que son
odiosos a Dios pueden ser simultáneamente sus predilectos? Es indudable, y no
puede negarse por ser evidente, que S. Pablo no los propone como “odiosos” y “predilectos”
bajo el mismo punto de vista y por el mismo título, sino por diversos, “la fe”
es decir, el haberla rechazado, y “las promesas a los Patriarcas”; ¿pero pueden
estos títulos, aunque distintos, producir en el mismo sujeto y simultáneamente
posiciones contradictorias y que en XI, 1-8 eran declaradas inconciliables?
¿O habremos de conceder al Prof. Harnack que es exacto su juicio sobre el
Apóstol cuando le atribuye la contradicción de conceder en el cap. XI al
mosaísmo, aun después del advenimiento de Cristo y el Evangelio, los mismos
derechos que a éste, echando así por tierra el principio universalista de sola
la fe? ¿Reconocerá S. pablo en el mosaísmo una institución divina en su origen
y que por tanto puede y debe subsistir con el Evangelio?[1].
Empecemos por reconocer que
en efecto XI, 11-32 trata ya sólo de los judíos “excluidos del Evangelio”. La sección es lo que podríamos llamar una “subsumpta”
en la que S. Pablo después de haber proclamado en alta voz y demostrado
repetidas veces la “defección del pueblo judío” (IX, 22; X, 19-21; XI, 7-10),
se propone explicar su alcance y el de todo cuanto, como consecuencia de ella,
lleva dicho contra ese pueblo; es decir, que mientras “el residuo” fué llamado
a la participación de las promesas, ellos “fueron endurecidos” (XI, 7);
mientras “el residuo es el representante de hecho y derecho del Israel
escogido”, ellos “quedan excluidos de esa representación” (XI, 1-10). Pero al
leer esa pretendida explicación, ¿no estaremos más bien en presencia de un
contraste irreducible en las ideas del Apóstol, el cual, en XI, 11-32 venga a
deshacer y echar por tierra lo establecido en 11, 1-10? Vamos a verlo.