Antes
del Concilio
Antes del Concilio Vaticano
Newman reconoció frecuentemente que aceptaba la doctrina de la infalibilidad
papal. Lo que Newman veía como una
afirmación absoluta de la doctrina se encuentra en el texto original de su Discursos sobre la educación Universitaria.
“Profundamente lo siento, siempre voy a
protestar, pues puedo recurrir al amplio
testimonio de la historia que me lo confirma, que en materia de bien y mal,
no hay nada realmente fuerte en todo el mundo, nada decisivo y operativo, sino
la voz de Aquel a quien se le encomendaron las Llaves del Reino, y la
vigilancia del rebaño de Cristo. Esa voz es ahora, como ha sido siempre, una
verdadera autoridad, infalible cuando
enseña, próspera cuando gobierna, siempre conduciendo sabia y claramente en su
propio campo, agregando certeza a lo que es probable y persuasión a lo que es
cierto. Antes de que hable, hasta el más santo puede equivocarse; y después de
que ha hablado, el más inteligente debe obedecer”[1].
La Apologia pro Vita Sua, escrita en 1864,
contiene aún otra expresión de la creencia de Newman en la infalibilidad papal.
“En el Concilio Ecuménico miramos al Papa como a
la sede normal de la Infalibilidad”[2].
Aun
así, por lejos la característica más importante de la concepción de
Newman sobre la infalibilidad fue su insistencia absoluta de que esta doctrina
fuera tratada como una opinión meramente teológica. Un tratamiento
detallado del pensamiento de Newman sobre la cualidad del asentimiento debido a
esta tesis se encuentra en una carta al Dr. Edward Bouviere Pusey.
“Al aplicar este principio [que el hombre puede ser
obligado a creer una doctrina basado sea en la fe o en “religiosidad”] a la
infalibilidad del Papa (N.B. esta es, por supuesto, solamente mi propia
opinión, meo periculo), a una persona
le va a parecer un deber religioso creerla
o puede no creerla sin riesgo alguno, en proporción a que crea probable o improbable que la Iglesia pueda o
vaya a definirla, o la sostiene, y que es la doctrina de los Apóstoles. En
cuanto a mí, (pero aun así para ilustrar lo que quiero decir, y no para
discutir) creo que la Iglesia puede
definirla (es decir, posiblemente puede ser que forme parte del depositum original), pero que nunca
la va a definir; y, una vez más, no veo que pueda decirse que la Iglesia la
sostenga. La Iglesia nunca puede simplemente actuar sobre ella (al no estar definida) y creo que nunca lo ha
hecho; - además, por otra parte, creo que hay mucha evidencia a su favor tanto
en la historia como en los Padres. En su conjunto la sostengo; pero no
imputaría a pecado si dudara de ella basado en la razón”[3].