Constitución del sínodo.
Hemos
mostrado suficientemente al lector que la Iglesia episcopal y la diócesis son
dos términos del lenguaje eclesiástico perfectamente diferentes.
La Iglesia episcopal, con su presbiterio y su pueblo, sus subdivisiones
en títulos y en parroquias, es el título mismo del obispo.
La diócesis encierra un número más o menos grande de Iglesias distintas
de aquéllas, todas las cuales dependen del mismo obispo, pero no son, hablando
con propiedad, su título y el primer objeto del vínculo sagrado que contrajo
con su ordenación.
Esta distinción es tan importante que si, por un cambio en las
circunscripciones diocesanas, se sustraen a un obispo una o varias Iglesias de
su diócesis no por ello cambia su título recibido en la ordenación ni se rompe
el vínculo contraído; en cambio, no se puede quitar al obispo su iglesia episcopal
sin romper este vínculo, es decir, sin traslación o deposición del pontífice.
Por
esta razón los cambios verificados en los límites de las diócesis en el
transcurso de los tiempos no alteran la identidad de los títulos episcopales y
dejan a la serie de los obispos de una misma sede su carácter de continuidad y
de sucesión hereditaria.
Si bien las Iglesias diocesanas no son propiamente el título del obispo,
sin embargo le pertenecen todas como consecuencia y resultado de este título
mismo, pues dependen de la Iglesia principal y de su sede pontifical.
Es
un caso de aplicación de un principio general. Y, para recordar el ejemplo más
ilustre, como el Soberano
Pontífice halla en la sede misma de Roma y en la herencia de san Pedro la autoridad
soberana que ejerce sobre todas las Iglesias del mundo, autoridad vinculada
para siempre al título de obispo de Roma, así también cada obispo recoge
constantemente en la herencia de sus predecesores, con el título mismo de su
Iglesia, el encargo de todas las que dependen de ella y forman su diócesis.
De
esta distinción esencial entre la Iglesia episcopal y la diócesis resulta
todavía a nuestros ojos una importante consecuencia. Tal distinción es el fundamento de la que hay
que hacer entre el presbiterio episcopal y el sínodo diocesano. En la Iglesia
episcopal sólo hay un senado sacerdotal o presbiterio; pero en la diócesis hay
tantos presbiterios distintos como se cuentan iglesias constituidas.
Así, pues, como la Iglesia episcopal está representada por su
presbiterio que rodea la sede de su pontífice, así la diócesis está
representada por el sínodo, especie de concilio diocesano, donde todas las
Iglesias sometidas al obispo vienen a rodearle a su vez en la persona de sus
sacerdotes.