sábado, 29 de julio de 2023

Orgulloso de ser romano, por John Daly (VII de XI)

 Comunión: Consideremos ahora hasta qué punto el tradicionalista sedeplenista es fiel a los deberes de comunión con Roma, los obispos enviados por Roma y los fieles reconocidos por Roma.

El deber de comunión con Roma aparece a primera vista como una bendición para quienes están ansiosos por convencerse de que los sedeplenistas son más leales a Roma que los sedevacantistas. Si se examina más de cerca, surge lo contrario.

En primer lugar, hay que señalar que el Vaticano II enturbió las aguas de la comunión eclesiástica al inventar su novedosa doctrina de que la comunión con la Iglesia Católica es una cuestión de grado. En días más felices, la Santa Sede había enseñado inequívocamente que la sumisión al Romano Pontífice es necesaria para la salvación[1] y que el Cuerpo místico de Cristo es una y la misma cosa que la Iglesia Católica y romana[2]. Por lo tanto, en palabras del P. Faber: 

"Ninguna creencia exacta, ninguna simpatía correcta, ninguna opinión generosa, ningún acercamiento cercano, ninguna devoción sensible, ninguna gracia actual sentida, harán de un hombre un miembro vivo de Jesucristo, sin la comunión con la Santa Sede" (La Preciosa Sangre, pág. 186). 

En la Unitatis Redintegratio § 3 del Vaticano II, por el contrario, se nos informa que todos los creyentes bautizados están en una cierta comunión, aunque "imperfecta", que se espera llegue a ser perfecta gracias al ecumenismo. En Lumen Gentium (§ 14) se nos dice que la Iglesia "se sabe unida" a los cristianos bautizados que no profesan la fe en su integridad ni guardan la unidad de comunión bajo el sucesor de Pedro. Y, por supuesto, Lumen Gentium (§ 8) ya ha declinado declarar la identidad de la Iglesia de Cristo con la Iglesia de Roma, prefiriendo adoptar la deliberadamente tendenciosa ambigüedad ratzingeriana de que la primera subsiste en la segunda[3].

Todo esto es pura novedad y no tiene más sentido que para un biólogo declarar que las medusas se encuentran en un estado de comunión imperfecta con los vertebrados. Pero ha dado lugar a la curiosa paradoja de que la Iglesia conciliar reconoce que gozan de su "comunión perfecta" sólo quienes aceptan el Vaticano II con su falsa noción de "comunión imperfecta". La nueva doctrina, que en un principio pretendía elevar a los herejes y cismáticos a la comunión parcial, sirve ahora para degradar al mismo nivel a todos los que insisten en el concepto tradicional de comunión y se niegan a aceptar que la "comunión imperfecta" sea sana doctrina.

En este contexto, observemos:

1. La Sociedad San Pío X está negociando activamente el reconocimiento oficial de que pertenece y ejerce su ministerio dentro de la comunión de la Santa Sede, mientras que los representantes de lo que considera la Santa Sede no aceptan de hecho la doctrina católica de lo que es esa comunión. ¡Han obtenido el levantamiento de las excomuniones de sus cuatro obispos de la misma autoridad que ya, antes del final del propio Vaticano II, levantó la excomunión de Miguel Cerulario, Patriarca cismático de Constantinopla en el siglo XI!

2. La unidad de la Iglesia está en función de su relación con el Papa. Cuando hay un Papa verdadero y cierto –explica Juan de Santo Tomás– la unidad de fe y de comunión de la Iglesia se debe a que reconoce al Papa con certeza infalible precisamente como su regla de fe y comunión: 

"Hay dos cosas que la Iglesia acepta en el Pontífice: (a) acepta que aquí y ahora este hombre en particular es la regla infalible de fe, y (b) acepta… que es su cabeza uniéndose a él como a su suprema cabeza visible y sometiéndose a él"[4]. 

Por el contrario –explica–, cuando la sede está vacante o la legitimidad de su ocupante no está aún establecida con certeza infalible: 

"La verdad y unidad de la Iglesia dependen de su cabeza no en acto, sino aptitudinalmente, en la medida en que es apta para recibir y por sí misma busca estar unida bajo la única cabeza de la que actualmente carece in actu"[5]. 

Para Juan de Santo Tomás, entonces, sujeto a la certeza de su legitimidad, la comunión con el Papa es la piedra de toque y el medio de comunión con la Iglesia y, por lo tanto, con Cristo. Esta comunión la extiende el Papa, no la reclama el individuo a su pesar.

Toda esta doctrina se reduce a un sinsentido cuando vemos a los pretendientes papales del Vaticano II negando enfáticamente que la comunión con ellos tenga tal estatus o efecto e insistiendo en que el Cuerpo Místico de Cristo es una entidad mayor que la Iglesia compuesta por los que están sujetos a la Santa Sede.

En efecto, el negociador sedeplenista se reduce a decir al hombre que cree que es el sucesor de Pedro: 

"Por favor, reconózcanos como pertenecientes a su comunión porque, aunque enseña que no importa mucho hacerlo, nosotros rechazamos esa enseñanza y seguimos creyendo que importa mucho; de hecho, nuestro rechazo a su falsa doctrina sobre este punto es una de las razones por las que durante tanto tiempo no hemos estado visiblemente dentro de la comunión en la que insistimos en que deberíamos estar, sobre todo porque es, ehhh… ¡una salvaguarda de la sana doctrina!". 

3. Las autoridades romanas reconocidas por los tradicionalistas sedeplenistas no pueden pronunciarse sobre el estatus del que gozan actualmente estos tradicionalistas en relación con la Iglesia que presiden.

Es bien sabido que, incluso después de las consagraciones episcopales de 1988 y la consiguiente sentencia de excomunión, Juan Pablo II evitó escrupulosamente calificar a la SSPX de cismática. En 2003, Mons. Perl, entonces secretario de la Comisión Ecclesia Dei, declaró formalmente que la asistencia a misa de la SSPX cumplía con la obligación dominical. El año 2005 vio al Cardenal Castrillón Hoyos rechazar explícitamente el término "cisma" como expresión inexacta del estatus de la SSPX y en 2009 el propio Benedicto XVI, al aludir a un "peligro de cisma", dejó en claro que no consideraba que la Sociedad fundada por Mons. Lefebvre y sus seguidores estuvieran ya en cisma de su comunión. Aunque el Cardenal Müller dejó en claro en contextos informales que sí consideraba que la Sociedad estaba en cisma, esto no parecía ser más que una opinión privada. Pero más recientemente se puede observar que el sucesor de Benedicto, Francisco, notoriamente poco diplomático, no tiene tales escrúpulos.

En el mismo documento aclamado como un gran avance por el que se permite a los Ordinarios Conciliares conceder facultades para ser testigos de matrimonios a clérigos de la SSPX[6], se informa a los Ordinarios de que "se han llevado a cabo varias reuniones y otras iniciativas para llevar a la Sociedad San Pío X a la plena comunión"[7], aplicando así a la SSPX la misma expresión que se utiliza para caracterizar a los cismáticos orientales, que notoriamente no son miembros de la Iglesia Católica y rechazan no sólo a tal o cual Papa, sino el principio de que los cristianos deben estar sujetos al sucesor de Pedro.

Es bastante extraordinario ver esta clase de documento considerado como un paso hacia un deseable reconocimiento de la comunión católica cuando, de hecho, niega explícitamente que en la actualidad estén en "plena" comunión con la Iglesia Católica, punto nunca negado formalmente hasta ahora.

4. ¿Es posible, en efecto, estar "en comunión" con un Papa, verdadero o falso, negándose sistemáticamente a someterse a sus enseñanzas, a menos que pertenezcan indiscutiblemente al Magisterio Extraordinario, e insistiendo en la exención de la gran mayoría de sus leyes y mandatos? El primero en plantear esta interesante cuestión parece haber sido el P. Hervé Belmont, ordenado sacerdote en 1978 por Mons. Lefebvre. En 1981, el P. Belmont fue excluido de la Sociedad San Pío X por no haber ocultado su convicción de que Juan Pablo II no era Papa legítimo. Su exclusión apareció en la prensa. Entonces, tal vez debido a que el P. Belmont es un sacerdote evidentemente culto, inteligente y sincero, su caso llegó a oídos de las congregaciones romanas dependientes de la autoridad que se negaba a reconocer como católica, y se encargó a un canonista que investigara y se le envió a reunirse con él. Después de responder a todas las preguntas planteadas por el canonista en nombre del Vaticano, el P. Belmont preguntó si podía aprovechar la oportunidad para presentar él mismo una pregunta al Vaticano, a través de los buenos oficios de su agente. Su pregunta era: 

"¿Puede un sacerdote declarar veraz y legítimamente que su misa es ofrecida una cum un Papa cuya enseñanza ordinaria no acepta de hecho y cuyos ritos se niega a utilizar basándose en que dicha enseñanza y ritos no son católicos?". 

El P. Belmont no hizo esta pregunta porque deseara nombrar a Juan Pablo II en su propia misa, sino para subrayar la paradoja de que muchos de sus cofrades no vieran ninguna dificultad en hacerlo. Su pregunta fue transmitida, pero ninguna Congregación romana se dignó responderla. Puede que sea necesario un pequeño ajuste de la pregunta en función de la exégesis que se haga de la oración Te igitur del Canon, pero el quid de la cuestión sigue siendo tan pertinente como siempre. Una vez más, podemos preguntarnos razonablemente qué respuesta se habría dado a tal pregunta si se hubiera planteado bajo el Papa Pío XII.

5. Es un hecho que en 1988 los superiores de distrito de la SSPX dirigieron una carta conjunta al Cardenal Gantin[8] en la que prácticamente suplicaban ser excomulgados como acababan de serlo Mons. Lefebvre y Mons. de Castro Mayer, y los que ellos habían consagrado: 

“… ser asociados públicamente a la sanción que fulmina a los seis obispos católicos, defensores de la fe en su integridad y totalidad sería para nosotros una distinción de honor y signo de ortodoxia ante los fieles. Estos, en efecto, tienen absoluto derecho de saber que los sacerdotes a los cuales se dirigen no están en comunión con una iglesia falsificada…”. 

El nexo lógico significado por la palabra "en efecto" implica que la excomunión por parte del hombre al que reconocen como Papa permitiría a los fieles estar seguros de que su clero no está en comunión con esta "iglesia falsa", que la carta describe como "evolucionista, pentecostal y sincretista". De hecho, el mensaje principal de esta carta conjunta parece ser que la clave para permanecer en comunión con la Iglesia Católica es estar fuera de la comunión con la Iglesia del Vaticano II y, preferiblemente, declarado así en virtud de la excomunión formal de Karol Wojtyła, Juan Pablo II. Por acertado y loable que sea este juicio, seguramente nadie a quien le quede una fibra de romanidad en el alma puede soportar que se diga que para estar en comunión con Cristo hay que estar fuera de la comunión con su Vicario en la tierra.

6. Como hemos señalado, la Sociedad, que en 1988 proclamó tan públicamente su determinación de permanecer fuera de la comunión con la Roma ocupada por los modernistas para ser fiel a la Roma católica, está negociando ahora ser admitida a la "plena comunión" con esa misma Roma ocupada por los modernistas, que, aunque fraccionadamente más tolerante con la liturgia tradicional, está aún más sumida en la herejía de lo que ya estaba en 1988.

En lugar de hacer hincapié en la escala y gravedad de este cambio radical, que ya se ha hecho de forma competente en otros lugares, observemos la enormidad de negociar con Roma la membresía en la Iglesia. Santo cielo, ¡los católicos no negocian nada con el Papa! Y cualquiera que tenga la más mínima duda sobre su pertenencia a la Iglesia –en el grado más alto posible, si tales grados existieran– debe evidentemente guardarse en el bolsillo su orgullo y apresurarse, bajo la presión de la vela, a someterse a cualesquiera requisitos, doctrinales o de otro tipo, que se exijan como condiciones para hacer segura esa comunión.

Y, en cualquier caso, ¿cómo puede ser la comunión con el Papa el criterio de pertenencia al Cuerpo Místico de Cristo si, de hecho, durante más de cuarenta años los Papas han negado la "plena comunión" a los más dignos de ella (y a la que tienen estricto derecho), mientras que la han extendido a los menos dignos?

¡Sin dudas, una posición que lleva a semejantes conclusiones, no puede calificarse de romana!



 [1] Dz. 469. 

[2] Dz. 2319. 

[3] El mismo error es sostenido por la declaración Dominus Jesus, del 6 de agosto de 2000, absurdamente saludada por algunos como un retorno a la doctrina ortodoxa en la materia. 

[4] Juan de Santo Tomás, Tractatus de Auctoritate Summi Pontificis, disp. II, art. II, XIV, XV. 

[5] Ibid., XXIII. 

[6] Lo que nada les hubiera impedido hacer si así lo hubieran deseado y tal como algunos en la práctica ya lo hacían. 

[7] Carta de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei a los Ordinarios correspondientes de las Conferencias Episcopales, relativa a las Facultades para la celebración de Matrimonios de los fieles de la Sociedad San Pío X (Prot. N. 61/2010, publicado el 4 de abril de 2017). 

[8] Prefecto de la Congregación para los Obispos.