jueves, 2 de agosto de 2018

Algunas Notas a Apocalipsis V, 1


Capítulo V

1. Y vi sobre la diestra del sentado sobre el trono un libro, escrito por dentro y fuera, sellado con sellos siete.

Notas Lingüísticas:

Zerwick: "δεξιὰν (mano) derecha; ἐπὶ τὴν δεξιὰν: sobre la mano".

Iglesias: “Escrito y sellado: son, en el texto griego, participios pasivos de tiempo perfecto: “había sido escrito, y lo escrito permanecía; había sido sellado y continuaba sellado”.

Comentario:

Ricciotti observa[1] que los documentos de carácter público debían ser escritos y que el Deuteronomio fue puesto en el “Arca de la Alianza”, llamada también “del Testimonio” porque era un testigo contra Israel cuando violare el pacto. Ver Hech. VII, 44; Apoc. XV, 5.

El Mesías sede a la diestra del Padre hasta que pone a sus enemigos bajo sus pies (Mt. XXII, 44); pero, en esta escena el Verbo ya no está a la diestra del Padre por primera vez desde su Ascensión. Ergo, al darle el libro sellado, está poniendo a sus enemigos bajo sus pies, que es en definitiva lo que dice Lacunza cuando agrega que en ese libro de siete Sellos está el Testamento Nuevo por el cual se declara al Hijo heredero de todo el universo.

Allo: “Dios tiene este libro sobre su mano abierta, es decir, lo ofrece al que lo pueda tomar. Este libro se presenta como un rollo de papiro (volumen) y no un códex encuadernado (…) Generalmente se escribía sólo sobre la parte de adentro de la hoja, pero la extensión y la carestía de papiros obligaban a veces a cubrir de tinta ambas partes (…) esta es la única forma que explica que Juan pueda ver que está escrito en el anverso; esto no tendría sentido con un códex. Los sellos están dispuestos sobre una misma línea longitudinal, sobre el borde exterior de la hoja, pegado así al rollo, de suerte que no se pueda comenzar la lectura antes de haberlos roto a todos (…) podría llamarse, con Zahn y Weiss, el "testamento divino"; está cerrado "no porque nadie conoce el contenido sino porque el contenido aguarda todavía su realización".


Wikenhauser: “En la diestra de Dios, abierta y extendida, Juan ve un libro escrito por dentro, y por fuera, y cerrado con siete sellos. Este no tiene, como nuestros libros, la forma do “códice”, sino de un rollo de papiro o de pergamino escrito por las dos caras, circunstancia que designa la riqueza de su contenido; en los papiros, en efecto, era de uso escribir solamente por la parte lisa (anverso). Del rollo que Dios tenía en la mano, el vidente podía ver sólo una parte de lo escrito en el lado exterior; lo del interior sólo podía leerse abriendo el rollo. Para sellar un libro se ataba con una cinta, y ésta a su vez se aseguraba con sellos. En los documentos griegos era costumbre, aunque no prescripción obligatoria, poner siete sellos por quien lo expedía y seis por los testigos. El rollo de nuestro pasaje tiene un precedente en Ez II, 9 s:

“Miré y vi que se tendía hacia mí una mano que tenía un rollo. Lo desenvolvió ante mí y vi que estaba escrito por delante y por detrás, y lo que en él estaba escrito eran lamentaciones, elegías y aves”.

El vidente no comunica nada acerca de lo que contenía el libro, ni tampoco lo hará después de la apertura de los sellos; no dice siquiera si el Cordero lee o no lo que está escrito en él, sino sólo que rompe los sellos uno después de otro, y que a la apertura de cada uno de ellos siguen los sucesos contemplados en visión…”.

Bover: "Un libro: en forma de volumen o rollo".

Bartina: "Juan ve en la palma abierta de Dios, el Padre, un rollo (βιβλίον) opistógrafo. Los libros, generalmente de papiro, eran una sola tira larga, escrita en columnas, la cual se arrollaba en torno a una varilla central y se iban desarrollando y arrollando por la parte opuesta a medida que se leía su contenido. Generalmente estaban escritos por un lado, el interior; a veces por ambos (IV Esd. II, 9 s). Le bastó a Juan ver su exterior escrito para conocer que era opistógrafo. Tanto en el AT como en el judaísmo se habla con frecuencia de las "tablitas del cielo" o del "libro del Señor", donde estaban escritos los designios de Dios sobre el mundo (Bonsirven, Judaisme palestinien I, 190)".

Caballero Sánchez: “¿Qué se ha reservado especialmente la diestra de Dios, respecto de su gobierno mesiánico en el mundo? Se ha reservado el restablecimiento del reino a favor de Israel, para cuando éste se haya convertido. Despedíase Jesús de sus Apóstoles para ascender a los cielos. Ellos, no con el entendimiento cerrado de ígnaros judaizantes, sino con la inteligencia abierta al sentido de las Escrituras, le preguntan: "Señor, dinos si en este tiempo restablecerás el reino para Israel" —Y Él les respondió: "No es de vosotros conocer los tiempos y los momentos que el Padre puso en su propio poder…"— Y Pedro, recibido el Espíritu de Pentecostés, explica a los Judíos esta dilación temporal, diciéndoles: "Convertíos a fin de que sean borrados vuestros pecados, para que vengan los momentos del refrigerio desde la Faz del Señor, y Él envíe al prefabricado para vosotros Salvador-Ungido; al cual debe el cielo acoger hasta los tiempos de la restauración de todas las cosas, de los que habló Dios por boca de los santos profetas suyos, desde el siglo". (Act. III, 19-21). Convertidos los Judíos, comunican la dignidad israelítica a todos los pueblos creyentes y existe el Israel de Dios, en su plenitud formal".

Charles: "Por la construcción ἐπὶ τὴν δεξιὰν (sobre la diestra) comparar XX, 1: ἐπὶ τὴν χεῖρα (en la mano). El rollo está en la palma derecha abierta y no en la mano".

Garland: "Tan atractiva como pueda parecer esta explicación (que el libro sellado del Apocalipsis es la explicación del libro sellado de Daniel) no explica el énfasis puesto en este capítulo entre el derecho a abrir el libro y la redención. La identificación de este libro no se encuentra en el hecho de que, al igual que otros escritos proféticos, está sellado, sino también en su cercana asociación con la redención (V, 9) y los eventos que siguen a la soltura de los sellos. El rollo está intrínsecamente relacionado con el cumplimiento de una compra.
Ladd sugiere que el rollo tiene la forma de un testamento antiguo. "El pequeño libro tiene la forma de un testamento antiguo, que generalmente era sellado con los sellos de siete testigos. Contiene la herencia de Dios para Su pueblo, que está fundado en la muerte de Su Hijo (cfr. Heb. IX)"[2]. Este parecer tiene la ventaja de explicar el énfasis que se le da acá a la muerte del Cordero (V, 6.9). Los eventos que suceden tras la soltura de los sellos están directamente relacionados con la herencia de Cristo:

"(Salmo II, 1-3) describe las fuerzas del mundo rebelde unidas a fin de prevenir que el Mesías Dios tome posesión o administración de la tierra. (Sal. II, 7) narra que cuando el Mesías enfrente este desafío, declarará lo que Dios ya ha decretado sobre Él: "Tú eres Mi Hijo" (…) el término bíblico "hijo" incluye el concepto de "heredero" (Gal. IV, 7). Así, como Hijo de Dios, el Mesías es el heredero de una herencia dada a Él por Dios. Sal. II, 8 presenta la descripción de esa herencia: "Te daré en herencia las naciones y en posesión tuya los confines de la tierra"[3].

Aunque la soltura de los sellos resulta en la realización de la herencia prometida (Sal. II, 8), parece que aquí se trata de algo más que un testamento. Una compra fue llevada a cabo en la cruz, y ahora el acto de esa compra es reclamado por su legítimo propietario.
Cuando Babilonia sitiaba Jerusalén, Dios le dijo a Jeremías que comprara una parcela de tierra en Israel. Aunque la tierra había caído en manos de Babilonia, la compra de Jeremías demostraba la realidad de la promesa de Dios de restaurar a Israel de nuevo en la tierra (Jer. XXXII, 14-15.43-44). Existen significantes semejanzas entre la compra de Jeremías y la redención del Mesías descripta en este capítulo. En ambos casos la compra fue hecha por anticipado y pasó un tiempo antes que la posesión fue completamente concedida en una fecha futura.

"Aunque (Jeremías) había pagado el precio de compra por la tierra de su primo y por lo tanto tenía el derecho de posesión, no pudo tomar inmediata posesión de la tierra por, al menos, dos razones: Primero, Jeremías fue puesto en prisión cuando pagó el precio de la redención (Jer. XXXII, 2-3.8-9). Segundo, la tierra de su primo estaba "ya bajo control babilonio" cuando Jeremías lo pagó. Puesto que Israel se rebeló contra Dios tan persistentemente, su tierra de herencia fue entregada a los extranjeros (Lam. V, 2; Jer. XXXII, 21-24.28-36). Los judíos (incluído Jeremías) serían exiliados a otros países, y su tierra continuaría bajo control enemigo por varias décadas; tras lo cual los judíos serían congregados de nuevo en su tierra natal, y la tierra volvería a estar bajo su control (Jer. XXXII, 15.37.41-44). Ya que sabía que la posesión actual de la tierra no tendría lugar sino después de muchos años, Jeremías ordenó que ambos contratos fueran puestos en un lugar seguro por un largo tiempo (Jer. XXXII, 13-15)"[4].

El precio ha sido pagado, pero lo que ha sido comprado permanece en manos de usurpadores. Así, una cadena de juicios tendrá lugar por los cuales el comprador recupera lo que legítimamente es suyo. Al final, los usurpadores son desalojados y lo que había sido comprado está finalmente en manos del comprador".

Nuestro Señor entra en posesión de la herencia una vez abierto el Testamento sellado con siete sellos. Sin embargo, hay que notar que tras la apertura del Testamento no sigue inmediatamente el reinado de facto de Jesucristo sino la ejecución de los castigos contra sus enemigos: Trompetas y Copas.





[1] Historia de Israel, vol. I, num. 274. Ver n. 190.

[2] G. E. Ladd, “Revelation, Book of,” in Geoffrey W. Bromiley, ed., International Standard Bible Encyclopedia (Grand Rapids, MI: William B. Eerdmans Publishing Co., 1979, 1915), 4:174.

[3] Renald E. Showers, Maranatha, Our Lord Come (Bellmawr, NJ: The Friends of Israel Gospel Ministry, 1995), 97.

[4] Showers, Maranatha, Our Lord Come, 82.